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36 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de octubre de 2024 El Peruano / Artículo 2.- ENCARGAR a la Ofi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución y su anexo en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PEÑA CARDOZA Jefa Institucional 2334296-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban la publicación del Proyecto de Norma que modifica el Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 248-2021-CD/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00220-2024-CD/ OSIPTEL Lima, 14 de octubre de 2024 MATERIA:PROYECTO DE NORMA QUE MODIFI- CA EL REGLAMENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE EMPRE-SAS VISTOS: El Informe Nº 010-STSCA/2024 emitido por la Secretaría Técnica de Solución de Controversias y Apelaciones y el Proyecto de Resolución, presentados por la Gerencia General, que tienen por objeto aprobar la publicación para comentarios de la Norma que modifi ca el Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas; con la conformidad de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley N° 27332, modifi cada por las Leyes N° 27631, N° 28337 y N° 28964, el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ejerce, entre otras, la Función Normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios, así como la facultad de tipifi car las infracciones por incumplimiento de obligaciones; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM (en adelante, el Reglamento General), el Consejo Directivo del Osiptel es competente para ejercer de manera exclusiva la Función Normativa; Que, con Resolución de Consejo Directivo N° 248- 2021-CD/OSIPTEL se aprobó el Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas, que establece el marco que rige la actuación del Osiptel para el ejercicio de su función de conocer y resolver controversias entre empresas, en la vía administrativa, dentro del ámbito y materias de su competencia; Que, acorde con la agenda regulatoria del Osiptel para el presente año 2024, y sobre la base de la experiencia en los dos años y medio de vigencia del Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas, se considera pertinente introducir adecuaciones en el procedimiento, acorde al marco legal vigente, que permita asegurar la aplicación razonable de las reglas y plazos en la tramitación de los procedimientos, en concordancia con sus fi nalidades de interés público; Que, de acuerdo a la política de transparencia con que actúa el Osiptel, según lo dispuesto en los artículos 7 y 27 de su Reglamento General, en concordancia con las reglas establecidas por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS para la publicación de proyectos de normas legales de carácter general, y en mérito a los fundamentos desarrollados en el Análisis de Impacto Regulatorio contenido en el Informe Nº 010-STSCA/2024, se considera pertinente publicar el Proyecto Normativo de VISTOS para comentarios de los interesados, otorgándose el plazo respectivo; En aplicación de las funciones señaladas en el artículo 25 del Reglamento General del Osiptel, y en el literal b) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado por Decreto Supremo N° 160-2020-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 1008/24 de fecha 10 de octubre de 2024; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la publicación, para comentarios de los interesados, del Proyecto de Norma que modifi ca el Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 248-2021-CD/OSIPTEL. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” de la presente Resolución. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución, conjuntamente con el Proyecto de Norma señalado en el Artículo Primero, así como su Exposición de Motivos y el Análisis de Impacto Regulatorio contenido en el Informe Nº 010-STSCA/2024, se publiquen en el Portal Institucional del Osiptel. Artículo Tercero.- Establecer un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de publicada la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del Proyecto de Norma referido en el Artículo Primero. Los comentarios serán presentados a través de la Mesa de Partes Virtual del Osiptel (https://serviciosweb.osiptel.gob.pe/MesaPartesVirtual/#), para lo cual se deberá adjuntar un archivo en formato Word, de conformidad con el Anexo de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría Técnica de Solución de Controversias y Apelaciones el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese.JESÚS EDUARDO GUILLÉN MARROQUÍN Presidente Ejecutivo (e)Consejo Directivo ANEXO Formato para la presentación de comentarios Proyecto de Norma que modifica el Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas Artículo Comentarios 9 16 (…) 2334264-1