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33 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de octubre de 2024 El Peruano / Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-448458-2024 de fecha 12 de septiembre de 2024, La Empresa presenta documentación a efectos de subsanar las observaciones advertidas a través del Ofi cio N° 30163-2024-MTC/17.03; Que, mediante Informe N° 182-2024-MTC/17.03.01/ cdcp/ramp de fecha 16 de septiembre de 2024, se concluyó que la subsanación de observaciones presentada por La Empresa, en el extremo correspondiente a las especifi caciones y características específi cas de la infraestructura inmobiliaria, cumple con la normativa vigente; Que, con Ofi cio N° 31279-2024-MTC/17.03 de fecha 17 de septiembre de 2024, notifi cado en la misma fecha, se procedió a comunicar a La Empresa, la programación de la inspección In Situ, para el día 24 de septiembre de 2024; Que, conforme a lo indicado en el Acta N° 158-2024- MTC/17.03.01 de fecha 24 de septiembre de 2024, se realizó la inspección en el local de La Empresa, ubicado en Av. Augusto B. Leguía S/N (N° 340) cruce con Prolongación 28 de Julio, distrito, provincia y departamento de Tacna, constatándose el cumplimiento de las condiciones de infraestructura, equipamiento y personal, señaladas en el Reglamento, modifi catorias y normas complementarias; Que, se verifi có en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito - SINARETT que, a la fecha de emisión de la presente Resolución Directoral, La Empresa no registra nulidad o sanción de cancelación y/o inhabilitación defi nitiva para obtener nueva autorización; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se verifi ca que La Empresa cumple con los requisitos establecidos en el procedimiento “DCV 022: Autorización para funcionamiento como centro de inspección técnica vehicular fi jo - CITV Fijo, del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 del Reglamento, sus modifi catorias y normas complementarias; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe N° 0356-2024-MTC/17.03.01, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modifi catorias; la Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC-15 y sus modifi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2022-MTC. SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR a la empresa REVIAUTO REVISIONES TECNICAS VEHICULARES E.I.R.L., identifi cada con RUC N° 20612282405, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, por el plazo de cinco (05) años, en el local ubicado en Av. Augusto B. Leguía S/N (N° 340) cruce con Prolongación 28 de Julio, distrito, provincia y departamento de Tacna. Artículo 2.- La empresa REVIAUTO REVISIONES TECNICAS VEHICULARES E.I.R.L. debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modifi catorias, y normas complementarias. Artículo 3.- ACREDITAR, en la nómina del personal, al siguiente personal propuesto por la empresa REVIAUTO REVISIONES TECNICAS VEHICULARES E.I.R.L., para la operación del Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV:RELACIÓN DE PERSONAL ACREDITADO PARA LA OPERACIÓN DEL CITV NOMBRES Y APELLIDOS CARGO ERASMO MAQUERA JINEZ INGENIERO SUPERVISOR TITULAR JHURY IRVIN VALER ROMEROINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE JESUS ALEXANDER CASTILLO LARICO INSPECTOR RENE MIRAMIRA BIZARRO INSPECTOR JOAN NELSON COAQUERA CHOQUE INSPECTOR Artículo 4.- ESTABLECER que la empresa REVIAUTO REVISIONES TECNICAS VEHICULARES E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza 01 de agosto de 2025 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 01 de agosto de 2026 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 01 de agosto de 2027 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 01 de agosto de 2028 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 01 de agosto de 2029 Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modifi catorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6.- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fi scalización, en el marco de sus competencias. Artículo 7.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa REVIAUTO REVISIONES TECNICAS VEHICULARES E.I.R.L., en el domicilio ubicado en Calle Rosendo Leder N° 462 Zona B, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima y/o en el correo electrónico citvreviauto@hotmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA DirectorDirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 2333967-1 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Aprueban la Directiva denominada “Disposiciones para la Aceptación de Donaciones de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000158-2024-BNP Lima, 4 de octubre de 2024VISTOS:El Memorando Múltiple N° 000007-2024-BNP-J-DGC de fecha 18 de septiembre de 2024, de la Dirección