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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (23/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de octubre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante Ley N° 31126, se modi fi ca la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para ampliar el apoyo o atención alimentaria temporal ante desastres naturales o emergencia sanitaria y optimizar la labor de los comedores populares; incorporando como funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales, o en su defecto de las municipalidades provinciales, registrar, organizar, administrar y ejecutar iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población; Que, la Ley Nº 30287, Ley de prevención y control de la tuberculosis en el Perú, establecen que la persona afectada por tuberculosis tiene derecho a gozar, con carácter prioritario, de los bene fi cios provistos por los programas estatales de inclusión social; como el recibir soporte nutricional, entre otros; para lo cual deben de cumplir los requisitos de selección de cada programa y la adherencia al tratamiento; Que, el reglamento de la Ley Nº 30827, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2016-SA, establece que, el Instituto Nacional Penitenciario - INPE garantiza que, en los Establecimientos Penitenciarios, se cuenten con las condiciones para la atención de la persona privada de su libertad afectada por tuberculosis con el esquema aprobado por el MINSA y la implementación del tratamiento supervisado. Por otro lado, el establecimiento penitenciario coordinará con el establecimiento de salud a cargo del Instituto de Gestión de Servicios de Salud o de la DIRESA/GERESA o quien haga sus veces la correcta referencia del paciente afectado por tuberculosis cuando egresa del establecimiento penitenciario. El Sistema de Información Gerencial de Tuberculosis del MINSA debe facilitar el seguimiento de estos pacientes; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 025-2017-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 001-2017-MIDIS, “Funcionamiento de la Modalidad de Complementación Alimentaria para la Persona Afectada por Tuberculosis – PANTBC del Programa de Complementación Alimentaria”, cuyo objetivo es, “Regular el funcionamiento de la Modalidad del Programa de Complementación Alimentaria, especí fi camente del Programa de Alimentación y Nutrición para el Paciente con Tuberculosis y Familia - PANTBC, así como establecer las responsabilidades y procedimientos, en el marco de las funciones de los sectores correspondientes y gobiernos locales que intervienen en la gestión del PANTBC”; la misma que no establece disposiciones para la atención de pacientes con tuberculosis recluidos en los establecimientos penitenciarios; Que, mediante Resolución Ministerial N° 041-2022-MIDIS, se aprueba el Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, el cual regula que el PCA es un programa descentralizado a los Gobiernos Locales, 43 distritales en Lima Metropolitana y 195 provinciales en el resto del país, que suscriben un Convenio de Gestión con el MIDIS, cuyo fi n es brindar un complemento alimentario a sus usuarios a través de los Centros de Atención, que se encuentran agrupados en cinco modalidades: Comedores y Ollas Comunes, Hogares – Albergues, Personas en Riesgo, Trabajo Comunal y PANTBC, la provisión del complemento alimentario se efectúa mediante la entrega de alimentos en especie u otras formas de entrega, a la población usuaria del programa en situación de pobreza y vulnerabilidad, en el marco del derecho a la alimentación adecuada; Que, conforme a las funciones establecidas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDIS, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 143-2024-MIDIS, la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias, a través del Informe N° D000899-2024-MIDIS-DPSC, y la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales mediante el Informe N° D000700-2024-MIDIS/DGAPS, proponen la modi fi cación de la Directiva N° 001-2017-MIDIS, “Funcionamiento de la Modalidad de Complementación Alimentaria para la Persona Afectada por Tuberculosis – PANTBC del Programa de Complementación Alimentaria”, y del Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, aprobado por Resolución Ministerial N° 041-2022-MIDIS; Que, corresponde aprobar la modi fi cación de la Directiva N° 001-2017-MIDIS, “Funcionamiento de la Modalidad de Complementación Alimentaria para la Persona Afectada por Tuberculosis – PANTBC del Programa de Complementación Alimentaria”, aprobada por Resolución Ministerial N° 025-2017-MIDIS, y del Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, aprobado por Resolución Ministerial N° 041-2022-MIDIS; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y la Resolución Ministerial N° 143-2024-MIDIS que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de Directiva N° 001-2017- MIDIS Aprobar la modi fi cación de la Directiva N° 001-2017-MIDIS, denominada “Funcionamiento de la Modalidad de Complementación Alimentaria para la Persona Afectada por Tuberculosis – PANTBC del Programa de Complementación Alimentaria”, Versión 2, aprobada por Resolución Ministerial N° 025-2017-MIDIS, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Modi fi cación de reglamento PCA Aprobar la modi fi cación de los numerales 5.5, 6, 7, 9.4, 10.2.2, el Anexo I, el Anexo II y el Anexo III del Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, aprobado por Resolución Ministerial N° 041-2022-MIDIS, de acuerdo a los siguientes textos: “(…)5.5. PANTBC: Es el Programa de Alimentación y Nutrición para el Paciente con Tuberculosis, que se ejecuta a través de los centros de salud del Ministerio de Salud – MINSA. En tal sentido, son usuarias, las personas afectadas por tuberculosis que reciben tratamiento en forma regular por los Establecimientos de Salud públicos, que sean identi fi cadas y remitidas por la autoridad sanitaria local. En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es para 30 días de atención al mes. 6. CARACTERÍSTICAS DEL COMPLEMENTO ALIMENTARIO (…) En cualquiera de las modalidades y mecanismos alternativos de entrega, el valor del costo referencial de la ración es calculado por el MIDIS. (…)7. FORMAS DE APOYO O MECANISMOS DE ENTREGA (…)