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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (23/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de octubre de 2024 El Peruano / Cienfuegos Falcón participen del 27 al 31 de octubre de 2024, en las reuniones previas de coordinación con el equipo que ejerce la defensa jurídica del Estado peruano y en la mencionada Audiencia del Caso Enagás, al ser un espacio decisivo y concluyente en el cual se expone y se sustenta de manera oral la defensa del Estado peruano, además de permitir demostrar la importancia que otorga el Perú a los compromisos internacionales asumidos en virtud a los Acuerdos Internacionales de Inversión; Que, la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas es la encargada de ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Especial creada en el marco del Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en la Directiva N° 002-2024-EF/43.06, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 131-2024-EF/43; y, en el Decreto de Urgencia N° 006-2024, que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la sostenibilidad fi scal, el equilibrio presupuestario y la efi ciencia del gasto público; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar los viajes, en comisión de servicios, de la señora Vanessa Del Carmen Rivas Plata Saldarriaga, Presidenta de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión y del señor Mijail Feliciano Cienfuegos Falcón, abogado de la Secretaría Técnica de la mencionada Comisión y profesional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, del 26 de octubre al 2 de noviembre de 2024, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Señora Vanessa Del Carmen Rivas Plata Saldarriaga Pasajes aéreos : US $ 1 923,89 Viáticos (5 + 1) : US $ 2 640,00 Señor Mijail Feliciano Cienfuegos Falcón Pasajes aéreos : US $ 1 923,89 Viáticos (5 + 1) : US $ 2 640,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, los citados comisionados deben presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los comisionados cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2336838-1 Aprueban los Valores Arancelarios de Terrenos para fines tributarios, expresados en soles por metro cuadrado a nivel nacional, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 337-2024-EF/15 Lima, 21 de octubre del 2024 CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones, dispone que en el marco de lo establecido en el artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas formula y aprueba anualmente mediante Resolución Ministerial los valores arancelarios de terrenos vigentes al 31 de octubre del año anterior para fi nes tributarios; asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba mediante Resolución Ministerial la metodología a emplearse, para la determinación de los valores establecidos en dicha disposición; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 226-2023-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, establece que a efectos de formular y aprobar los valores arancelarios de terrenos vigentes para el año fi scal 2024, el Ministerio de Economía y Finanzas utilizará la metodología empleada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobando una metodología propia para el siguiente año fi scal; Que, posteriormente, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 108-2024-EF que aprueba disposiciones para precisar la oportunidad para la distribución del canon a realizarse a partir del periodo fi scal 2024 señala que, en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1557, a efectos de formular y aprobar los valores arancelarios de terrenos que estarán vigentes para los años fi scales 2025 y 2026, el Ministerio de Economía y Finanzas utilizará la metodología empleada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobando una metodología propia para el siguiente año fi scal. Que, mediante la Resolución Directoral N° 010-2021/ VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento aprueba la Norma nacional para la determinación de los valores arancelarios y otras intervenciones a nivel nacional, la cual establece la metodología para calcular los valores arancelarios de terrenos urbanos para uso residencial, comercial y usos especiales; y, los respectivos factores de actualización para listados de valores arancelarios de terrenos urbanos y centros poblados; Que, asimismo, el referido Ministerio, mediante la Resolución Directoral N° 010-2015-VIVIENDA/VMVU- DGPRVU, modi fi cada por las Resoluciones Directorales N° 012 y N° 015-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, aprueba la Norma para la determinación de Valores Ofi ciales de Terrenos Rústicos a nivel nacional, la cual establece el procedimiento a seguir para la formulación