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15 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de octubre de 2024 El Peruano / de gestión de tarifarios del Sistema de Servicios de Innovación Productiva (SISTAR); Que, mediante Informe N° 0423-2024-ITP/OAJ de fecha 10 de setiembre de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde la modi fi cación del tarifario vigente del CITEpesquero aprobado mediante la Resolución Ejecutiva N° 0077-2023-ITP/DE y modi fi catoria, a fi n de eliminar tres (3) servicios tecnológicos, mantener vigentes setenta y seis (76) servicios tecnológicos y diecisiete (17) actividades de comercialización, así como modi fi car las Notas N° 2, 4 y 6 e incorporar la Nota N° 7, por lo que el Tarifario estará compuesto por setenta y seis (76) servicios tecnológicos y diecisiete (17) actividades de comercialización a ser prestados por el mencionado CITE, así como por sus respectivas Notas; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto de Urgencia N° 013- 2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi fi car el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero - CITEpesquero” aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0077- 2023-ITP/DE y modi fi catoria, a fi n de eliminar tres (3) servicios tecnológicos, mantener setenta y seis (76) servicios tecnológicos y diecisiete (17) actividades de comercialización del tarifario vigente, así como modi fi car las Notas N° 2, 4 y 6 e incorporar la Nota N° 7, quedando este conformado por setenta y seis (76) servicios tecnológicos y diecisiete (17) actividades de comercialización detallados en el Anexo, el cual es publicado en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción, parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer que los servicios tecnológicos eliminados con la aprobación de la modi fi cación del Tarifario a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución que se encuentre en ejecución, solo continúan vigentes hasta la culminación de la prestación de dichos servicios. Artículo 3°.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema de Servicios de Innovación Productiva del ITP - SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos conforme a la versión 3 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DE, así como en el módulo de sistema de gestión de tarifarios del SSIPRO, según corresponda. Artículo 4°.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO DANTE MAURER FOSSA Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 2336852-1RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionaria diplomática y Especialista Administrativo I de la Dirección de Seguridad y Defensa a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0803-2024-RE Lima, 22 de octubre de 2024 VISTOS: El Memorándum N° DGM016642024, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 1 octubre de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 4141, del Despacho Viceministerial, de 9 de octubre de 2024; el Memorándum N° OPP032452024, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 15 de octubre de 2024, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP032432024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 17 de octubre de 2024; CONSIDERANDO: Que, la “XXV Reunión de Autoridades Nacionales de Acción Contra las Minas Antipersonal del Ecuador y del Perú”, y la “XXIX Reunión del Comandante del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Ecuador y del Director General de Desminado Humanitario del Ejército del Perú”, se realizará en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 24 al 25 de octubre de 2024; Que, la relación del Perú y del Ecuador en la presente materia ha alcanzado un alto nivel, siendo un tema recurrente en las conversaciones y acuerdos que sostienen los Presidentes de ambos países; Que, el proceso de desminado humanitario que se ha venido ejecutando de manera coordinada es considerado un modelo exitoso, siendo precisamente la intención de estas reuniones el profundizar e implementar los acuerdos alcanzados por los Mandatarios; Que, en razón de lo expuesto, es necesario que la Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Analí Margarita Aguilar López, Subdirectora de Acción Contra Minas Antipersonal, de la Dirección de Seguridad y Defensa, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, y el Coronel FAP (r) Mario Antonio Espinoza Llanos, Especialista Administrativo I, de la Dirección de Seguridad y Defensa, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, asistan a las referidas reuniones, con el objeto de aportar e intercambiar ideas y propuestas; Que, por razones de itinerario, el viaje los mencionados comisionados a la ciudad de Quito, República del Ecuador, se realizará del 23 al 26 de octubre de 2024; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;