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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (23/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de octubre de 2024 El Peruano / d) Otras formas de entrega: El PCA puede implementar mecanismos alternativos de entrega del complemento alimentario, como tarjetas, cupones, vales de alimentos, transferencias monetarias, y otros, aprobados por el MIDIS, previos estudios de viabilidad, implementación y evaluación de pilotos a cargo del MIDIS en coordinación con los Gobiernos Locales. Excepcionalmente, el MIDIS puede implementar directamente otros mecanismos alternativos de entrega, previa disposición normativa o del MIDIS. (…)9.4. CENTRO DE ATENCIÓNEs la entidad, organización y/o colectivo de personas a través del cual se entrega el complemento alimentario a los usuarios del Programa de Complementación Alimentaria, sea preparad, o en crudo, u otras formas de entrega, según la modalidad de atención a la que pertenezca. (…) Respecto al centro de atención de la modalidad PANTBC, los establecimientos de salud, o los que hagan sus veces, desarrollan las funciones conforme a la normativa vigente aplicable en la materia. 10.2.2 A Cargo de los Centros de Atención (…) d) Entrega de Ración; es el producto fi nal que recibe el/la usuario(a) del Centro de Atención, o del que haga sus veces, el cual es entregado como ración preparada. Sólo en determinadas modalidades del PCA por su tipo de usuarios y/o en caso de declaratoria de emergencia por desastres naturales, emergencia sanitaria o de graves circunstancias que afecten la vida de la nación, emitida por el Gobierno Nacional, se podrá entregar como alimento crudo u otras formas de complemento alimentario. Esta acción debe constar en un documento de registro de entrega de raciones diarias que cuente con el visado de la persona responsable para tal fi n. (…) ANEXO I RECONOCIMIENTO E INSTALACIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN LOCAL (…) e) Luego del reconocimiento, corresponde llevar a cabo una sesión de instalación del Comité de Gestión Local, la cual se deberá llevar a cabo dentro de los treinta (30) días calendario posterior a su elección. La instalación del Comité debería constar en un acta o en cualquier otro documento que permita su veri fi cación. (…) ANEXO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN SEGÚN MODALIDAD (…) MODALIDAD PANTBCPara la modalidad PANTBC, los Centros de Atención son los Centros de Salud de la DISA, o DIRESA, o la que haga sus veces, en los cuales se atienden pacientes con Tuberculosis que son usuarios del PANTBC del PCA, conforme a la normativa vigente aplicable en la materia. (…)ANEXO III DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS (…) Para la modalidad PANTBC, la distribución de alimentos se realiza previa coordinación con el centro de salud, o del que haga sus veces, procurando que la entrega de la canasta al paciente usuario coincida con su atención médica programada. (…)”.Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2336786-1 Designan Coordinadora de Trámite Documentario y Atención al Ciudadano de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 002098-2024- MIDIS/PNCM-DE San Isidro, 22 de octubre de 2024VISTO:El Memorando N° 2856-2024-MIDIS/PNCM-UGTH de fecha 22 de octubre de 2024, de la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe N° 003322-2024-MIDIS/ PNCM-UAJ de fecha 22 de octubre de 2024, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS se crea el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema, para superar las brechas en su desarrollo cognitivo, social, físico y emocional; Que, se encuentra vacante el cargo de Coordinador de Trámite Documentario y Atención al Ciudadano de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Más, por lo que resulta necesario designar a quien asuma dicho cargo; Que, mediante el Memorando N° 2856-2024-MIDIS/ PNCM-UGTH de fecha 22 de octubre de 2024, la Unidad de Gestión del Talento Humano comunica la propuesta de designar, a partir del 23 de octubre de 2024, a la señora Nelly Veronica Salas Talledo, en el cargo de Coordinadora de Trámite Documentario y Atención al Ciudadano de la Unidad de Administración, conforme al Cuadro de Puestos de la Entidad, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 91-2021-SERVIR-PE y al Manual de Per fi les de Puestos del Programa, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM; precisándose que cumple con los requisitos del puesto en mención; Que, mediante Informe N° 003322-2024-MIDIS/ PNCM-UAJ de fecha 22 de octubre de 2024, la Unidad de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable la referida designación; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano y de la Unidad de Asesoría Jurídica;