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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (23/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de octubre de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes comisionados a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 23 al 26 de octubre de 2024, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución: • Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Analí Margarita Aguilar López, Subdirectora de Acción Contra Minas Antipersonal, de la Dirección de Seguridad y Defensa, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales; y, • Coronel FAP (r) Mario Antonio Espinoza Llanos, Especialista Administrativo I, de la Dirección de Seguridad y Defensa, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 (139) Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales y Código POI AOI0004500228, Gestión de asuntos en materia de Seguridad y Defensa, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje. Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Analí Margarita Aguilar López654.80 370.00 2+1 1,110.00 Mario Antonio Espinoza Llanos654.80 370.00 2+1 1,110.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados comisionados presentarán al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2336753-1 SALUD Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2016-SA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 720-2024/ MINSA Lima, 21 de octubre del 2024 Visto, el Expediente Nº DIGEMID-EA20240000473, que contiene el Memorándum Nº D002905-2024-DIGEMID-MINSA emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, el Memorándum Nº D003967-2024-OGPPM-MINSA emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº D001016-2024-OGAJ-MINSA emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2016-SA, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud (TUPA del MINSA);Que, el numeral 40.3 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO de la LPAG), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados para cada entidad; Que, el numeral 40.5 del artículo 40 del TUO de la LPAG señala que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos pueden aprobarse por Resolución Ministerial; asimismo, el numeral 44.5 del artículo 44 del citado cuerpo normativo, precisa que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, al respecto, es importante señalar que el numeral 44.3 del artículo 44 del TUO de la LPAG establece que el TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano; adicionalmente, precisa que su difusión se realiza a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, incremento de derechos de tramitación o requisitos, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, se aprueba por Resolución Ministerial; Que, en ese contexto, mediante Memorándum Nº D002905-2024-DIGEMID-MINSA, que adjunta el Informe Nº D000012-2024-DIGEMID-EA-MINSA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas solicita la modi fi cación del TUPA del MINSA, a fi n de eliminar los montos de derecho de tramitación de los procedimientos administrativos con números de orden 115 “Autorización excepcional para la fabricación o importación de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios sin registro sanitario o en condiciones no establecidas en el registro sanitario, para fi nes exclusivos de investigación” y 116 “Autorización para la importación del producto en investigación y productos complementarios”, toda vez que con ello se incentiva y fomenta la investigación cientí fi ca y tecnológica referida a la salud pública, lo cual no signi fi ca alterar los criterios de exigencia en los controles y la vigilancia sanitaria; Que, los literales a) y g) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, prescribe que la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización tiene como funciones dirigir, coordinar y ejecutar los procesos técnicos referidos al Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio de Salud; y, mantener actualizado el ROF, TUPA y demás documentos de gestión institucional del Ministerio de Salud, en coordinación con los demás órganos competentes; Que, sobre el particular, mediante Memorándum Nº D003967-2024-OGPPM-MINSA la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº D000385-2024-OOM-OGPPM-MINSA, a través del cual la O fi cina de Organización y Modernización emite opinión favorable respecto a la modi fi cación del TUPA del MINSA, en virtud a que su objeto esta referido a la simpli fi cación de procedimientos administrativos, la misma que se encuentra contemplada en el TUO de la LPAG; Que, en atención a lo antes expuesto, mediante Informe Nº D001016-2024-OGAJ-MINSA, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera viable la propuesta de modi fi cación del TUPA del MINSA, toda vez que se enmarca en lo dispuesto en el TUO de la LPAG