Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (26/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 26 de octubre de 2024 El Peruano / PCM, para la designación en el cargo de con fi anza de Asesora de la Dirección Ejecutiva; Que, mediante Informe Nº D000273-2024-MIDIS/ PNPDS-UAJ, de fecha 25 de octubre de 2024, la Unidad de Asesoría Jurídica considera viable legalmente la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 012-2020-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional CONTIGO y con el visado de la Coordinadora de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, la Unidad de Administración y la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Designar, a partir del 28 de octubre de 2024, a la profesional Carmen Rojas Julián en el cargo de con fi anza de Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO. Artículo 2.- Noti fi cación Disponer que la Coordinadora de Recursos Humanos de la Unidad de Administración noti fi que la presente resolución a la profesional Carmen Rojas Julián, así como se incluya la misma en su respectivo legajo. Artículo 3.-Publicación Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Unidad de Comunicación e Imagen, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo). Regístrese, comuníquese y notifíquese.ORFELINA ARPASI QUISPE Directora Ejecutiva – Programa CONTIGOPrograma Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – CONTIGO 2338167-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a la empresa ORYGEN PERÚ S .A.A., la concesión definitiva para desarrollar la generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para el proyecto “Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”, en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 410-2024- MINEM/DM Lima, 23 de octubre de 2024VISTOS: El Expediente N° 16413624, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para el proyecto “Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”, presentada por la empresa ORYGEN PERÚ S.A.A.; el Informe N° 815-2024-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00633-2024/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 1044-2024-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro N° 3744354, de fecha 8 de mayo de 2024, la empresa Enel Generación Perú S.A.A., solicitó el otorgamiento de una concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables (RER) para el proyecto “Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”, con una potencia instalada de 94,22 MW, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica; Que, mediante documento con Registro N° 3834989, de fecha 17 de setiembre de 2024, Enel Generación Perú S.A.A. comunica al Ministerio de Energía y Minas que, en sesión de fecha 24 de junio de 2024, su Junta General de Accionistas acordó la modi fi cación de la denominación social, de Enel Generación Perú S.A.A. a ORYGEN PERÚ S.A.A., según consta inscrito en el Asiento B00029 de la Partida Electrónica N° 11008822 de la zona Registral N° IX – Sede Lima de la O fi cina Registral de Lima; Que, conforme lo dispone el literal d) del artículo 3 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, se requiere concesión de fi nitiva para el desarrollo de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, con potencia instalada mayor de 500 kW. Asimismo, de acuerdo con el artículo 28 de la referida Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles, sin considerar la presentación de los incidentes que se promuevan, los cuales suspenderán el plazo hasta que queden resueltos, debiendo otorgarse la concesión defi nitiva por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas; Que, el segundo párrafo del artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, dispone que: “(…) La Resolución Ministerial de otorgamiento de la concesión, aprobará el respectivo Contrato de Concesión, y autorizará al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, para intervenir en la celebración del mismo a nombre del Estado. La Resolución conjuntamente con el contrato, será noti fi cada al peticionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición para que la acepte y suscriba el Contrato de Concesión conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley (…)”; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 37-B del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la Dirección General de Electricidad ha veri fi cado en su Informe de Vistos que el área solicitada por la empresa ORYGEN PERÚ S.A.A. para la concesión de fi nitiva, corresponde a la mínima requerida para la capacidad de generación prevista en su solicitud, y no afecta el normal desarrollo de otros proyectos que cuentan con concesiones de fi nitivas otorgadas; Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han veri fi cado que la solicitud de ORYGEN PERÚ S.A.A. cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modi fi catorias; por lo que consideran procedente otorgar la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para el proyecto “Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modi fi catorias;