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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (26/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Sábado 26 de octubre de 2024 El Peruano / aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias; el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias; el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 209-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para diversas localidades del departamento de Cajamarca, a fi n de incorporar los planes de las localidades de ANDABAMBA-CHUGUR-NINABAMBA-UTICYACU-YAUYUCAN, CATACHE, LLAMA-SEXI y PULAN- SAUCEPAMPA; conforme se indica a continuación: Localidad: ANDABAMBA-CHUGUR-NINABAMBA- UTICYACU-YAUYUCAN Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz.) Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 19 500 506 503+1/7 23 524 530 527+1/7 25 536 542 539+1/7 27 548 554 551+1/7 29 560 566 563+1/7 - Total de canales: 6 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: CATACHE Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 19 500 506 503+1/7 23 524 530 527+1/7 29 560 566 563+1/7 35 596 602 599+1/7 - Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: LLAMA-SEXI Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz.) Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 18 494 500 497+1/7 22 518 524 521+1/7 31 572 578 575+1/7 33 584 590 587+1/7 - Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No CriticaLocalidad: PULAN-SAUCEPAMPA Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz.) Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 15 476 482 479+1/7 17 488 494 491+1/721 512 518 515+1/7 26 542 548 545+1/7 30 566 572 569+1/7 34 590 596 593+1/7 - Total de canales: 6 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas se observa su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLA PAOLA SOSA VELA Viceministra de Comunicaciones 2337678-1 Modifican la Resolución Viceministerial Nº 081-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de localidades del departamento de Ucayali RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0130-2024-MTC/03 Lima, 22 de octubre de 2024VISTO, el Informe N° 3031-2024-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 081- 2004-MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobó los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Ucayali;