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76 NORMAS LEGALES Sábado 26 de octubre de 2024 El Peruano / para el órgano fi scal respectivo y sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. Mediante el o fi cio de visto, cursado por la abogada Griselda Venero Zegarra de Monteagudo, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, se eleva las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunto provincial en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Espinar. Asimismo, a través del o fi cio Nº 000674-2024-MP-FN-UEDFCUSC, suscrito por la señora Nancy Alicia Delgado Tenorio, gerente de la unidad ejecutora del Distrito Fiscal de Cusco, se precisa que la plaza señalada cuenta con código AIRHSP 000758 y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar a la abogada Jennifer Karen Ortega Cruz como fi scal adjunta provincial del Distrito Fiscal de Cusco, para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Espinar, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Jennifer Karen Ortega Cruz, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, designándola en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Espinar. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano realice las acciones que correspondan conforme a los alcances de la cláusula undécima del Convenio Colectivo de Trabajo a nivel descentralizado período 2024 - 2025, de fecha 11 de julio de 2024, considerando el régimen laboral al que se encuentra sujeto la abogada mencionada. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la abogada mencionada.Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2337970-21 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2358-2024-MP-FN Lima, 24 de octubre de 2024 VISTO:El o fi cio Nº 002403-2024-MP-FN-PJFSCUSCO, de fecha 12 de septiembre de 2024, y; CONSIDERANDO:Mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 032-2024-MP-FN-JFS, de fecha 21 de junio de 2024, se resolvió la creación de plazas para fi scales adjuntos provinciales provisionales, a fi n de fortalecer las fi scalías corporativas y brindar una atención prioritaria en los casos de detenidos en fl agrancia durante el turno fi scal. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1938-2024-MP-FN, de fecha 6 de septiembre de 2024, entre otros, se nombró a la abogada Irene Johana Meza Martínez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, con vigencia de su nombramiento y designación a partir de su juramentación al 31 de diciembre de 2024. Con el o fi cio de visto, cursado por la abogada Griselda Venero Zegarra de Monteagudo, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, remite el escrito con fi rma legalizada por medio del cual la abogada Irene Johana Meza Martínez, declina a su nombramiento como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco y a su designación en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, indicando motivos de incompatibilidad. Por lo que, estando a la circunstancia expuesta es pertinente dejar sin efecto el nombramiento de la abogada Irene Johana Meza Martínez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, así como su designación en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago. En ese orden, es de precisar que mediante o fi cio circular Nº 007-2024-MP-FN, de fecha 1 de agosto de 2024, se establecieron los lineamientos para la selección y nombramiento de fi scales adjuntos provinciales provisionales para ocupar las plazas creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 032-2024-MP-FN-JFS, de fecha 21 de junio de 2024. En el numeral 19 de los citados lineamientos estableció que: “19. En caso un elegible decline expresamente a su nombramiento o no juramente para el ejercicio del cargo en el plazo de cinco (5) días hábiles, lo reemplazará el postulante inmediatamente siguiente, observándose el estricto orden de prelación.” En ese sentido y a las facultades concedidas al Fiscal de la Nación, con la fi nalidad de garantizar un servicio fi scal y e fi ciente, previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar al abogado Alvaro Uscamayta Ortiz de Zevallos, como fi scal adjunto provincial del Distrito Fiscal del Cusco, para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, precisándose que el nombramiento y designación tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024 y teniendo en cuenta lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 032-2024-MP-FN-JFS, de fecha 21 de junio de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha