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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (26/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Sábado 26 de octubre de 2024 El Peruano / Artículo 4º.- Base Legal - Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias. - Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado. - Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y sus modi fi catorias. - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias. - Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias - Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº021-2019-JUS - Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción. - Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción. - Decreto Supremo Nº 103-2022-PCM, aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030 - Decreto Supremo N° 033-2023-PCM, que aprueba el V Plan de Acción de Gobierno Abierto. - Resolución de Secretaría de Descentralización Nº015-2024-PCM/SD, aprueba el Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales. - Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 015-2022-RASS Artículo 5º.- De fi niciones Para efectos del presente Reglamento se considera como de fi niciones relacionadas con el proceso de la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas de la Municipalidad de Santiago de Surco, lo contenido en el numeral 5.1 De fi niciones operativas, del Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 015- 2024-PCM/SD. Artículo 6º.- Principios de interpretación Para efectos del presente Reglamento se considera como principios relacionados con el proceso de la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas de la Municipalidad de Santiago de Surco, lo contenido en el numeral 5.2 Principios de interpretación, del Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 015-2024-PCM/SD. TÍTULO II ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DE REALIZACIÓN DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS Artículo 7º.- DEL ALCALDE Son roles del alcalde: - Aprobar mediante Decreto de Alcaldía la convocatoria para la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas, como mínimo dos (2) audiencias públicas de rendición de cuentas al año, determinado lugar y fecha; propuesta de agenda, plazo para formular propuestas sobre la temática de la audiencia y lugar y plazo para la inscripción de participantes; disponiendo su publicidad correspondiente; además las normas complementarias que coadyuven al cumplimiento del Reglamento que regula la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas. - Revisar y validar el informe de rendición de cuentas, así como su resumen ejecutivo. - Presidir la mesa directiva encargada de llevar a cabo las audiencias públicas de rendición de cuentas - APRC.- Efectuar la exposición del informe de rendición de cuentas o designar a los funcionarios para tal fi n. - Suscribir el acta que garantice la formalidad del proceso. Artículo 8º.- DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL El Consejo de Coordinación Local distrital debe: - Sugerir y aportar recomendaciones, previo a la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas - APRC, a fi n de que el Informe de Rendición de Cuentas se oriente a la mejora de la calidad de vida de los vecinos surcanos. - Participar y promover activamente el proceso de realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas – APRC, en el marco de sus competencias. - Asistir a las convocatorias que realiza el alcalde. - Suscribir el acta que garantice la formalidad del proceso. Artículo 9º.- DE LOS CIUDADANOS PARTICIPANTES Los ciudadanos participantes tienen el rol de: - Participar en la audiencia pública de rendición de cuentas; previa inscripción, en los formatos establecidos por la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro de los plazos previstos y conforme a los lineamientos aprobados. - Formular propuestas a la temática de la agenda. - Solicitar información detallada referente a los temas objeto de rendición de cuentas, durante y después del desarrollo de la audiencia pública, de acuerdo a las formalidades previstas en la Ley de Acceso a la Información Pública. - Suscribir el acta que garantice la formalidad del proceso. Artículo 10º- DE LA GERENCIA MUNICIPAL La Gerencia Municipal tiene el rol de: - Coordinar, con las unidades orgánicas involucradas, la organización y desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas – APRC de la Municipalidad de Santiago de Surco y la elaboración del Informe de Rendición de Cuentas y el Resumen Ejecutivo. - Revisar el Informe de Rendición de Cuentas y el Resumen Ejecutivo para su posterior remisión al alcalde para su validación. - Conformar la mesa directiva, presidida por el alcalde, encargada de llevar a cabo la audiencia pública de rendición de cuentas. - Suscribir el acta que garantice la formalidad del proceso. - Efectuar la exposición del informe de rendición de cuentas por designación del alcalde, si así lo dispone. Artículo 11º- DE LA SECRETARÍA GENERAL La Secretaría General tiene el rol de: - Gestionar la fi rma del alcalde en el Decreto de Alcaldía que aprueba la convocatoria o normas complementarias para el desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas. - Publicar en el Diario O fi cial el Peruano el Decreto de Alcaldía que aprueba la convocatoria o normas complementarias para el desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas. - Conformar la mesa directiva, presidida por el alcalde, encargada de llevar a cabo la audiencia pública de rendición de cuentas. Artículo 12º- DE LA GERENCIA DE PARTICIPACIÓN VECINAL La Gerencia de Participación Vecinal tiene el rol de: - Brindar apoyo para la organización y desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas – APRC de la Municipalidad de Santiago de Surco. - Facilitar y proporcionar información de su competencia, a la Gerencia de Planeamiento y