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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (22/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Martes 22 de abril de 2025 El Peruano / se realizará bajo un enfoque de género es decir al menos uno de sus miembros será varón o mujer. Artículo 20º.- Estructura de la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica La Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica está integrada por tres (03) miembros: • Secretario/a Regional de la Juventud de Ica: Representa y lidera el Consejo Regional de la Juventud de Ica - COREJU Ica, dirige las reuniones de la Asamblea Regional de la Juventud de Ica, así como otras funciones que establezca el Reglamento Interno del COREJU Ica. • Sub Secretario/a Regional de la Juventud de Ica: Se encarga de la formulación de estrategias y acciones orientadas al fortalecimiento organizacional, y en ausencia del Secretario/a Regional de la Juventud de Ica lo reemplaza y apoya en el ejercicio de sus funciones, otras funciones que establezca el Reglamento Interno del COREJU Ica. • Vocal Regional de la Juventud de Ica: Colaborador de la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica en la convocatoria de las Asambleas y servir de enlace con la Asamblea Regional de la Juventud de Ica, otras funciones que establezca el Reglamento Interno del COREJU Ica. Artículo 21º.- Funciones de la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica Son funciones de la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica: a. Organizar, coordinar y plani fi car el funcionamiento del COREJU Ica. b. Proponer a la Asamblea Regional de la Juventud de Ica, Instrumentos de gestión y plani fi cación para su respectiva aprobación y cumplimiento. c. Elaborar y presentar propuestas a la Asamblea Regional de la Juventud de Ica, vinculadas al cumplimiento de los objetivos y funciones del COREJU ICA. d. Coordinar y acompañar en su conformación y cumplimiento de sus funciones de los Grupos de Trabajo, los mismos que estarán establecidos en el Reglamento Interno del COREJU Ica. e. Elaborar el informe de Balance Anual y Gestión del COREJU Ica. f. Convocar al Comité Electoral para la elección de la Nueva Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica. g. Elaborar y mantener actualizado el padrón de miembros de la Asamblea Regional de la Juventud de Ica. h. Aprobar la incorporación de miembros de la Asamblea Regional de la Juventud Regional de Ica. i. Representar al COREJU Ica. j. Convocar a la Asamblea Ordinaria y/o Asamblea Extraordinaria y conducir su desarrollo. k. Informar sobre las acciones realizadas a la Asamblea Regional de la Juventud de Ica. l. Canalizar los acuerdos de la Asamblea Regional de la Juventud de Ica, para su implementación. m. Otras que se consideren en el Reglamento Interno del COREJU Ica. Artículo 22º.- De las sesiones y convocatoria La Junta Directiva Regional de la Juventud Ica, sesiona como mínimo una (01) vez al mes, podrá convocar a sesiones extraordinarias cuando lo requiera. Los plazos de convocatoria y noti fi caciones se establecen en el Reglamento Interno del COREJU Ica. Artículo 23º.- Del quórum Para tomar acuerdos la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica, en la primera convocatoria requiere la asistencia de todos sus miembros y en segunda convocatoria la asistencia de dos (02) de sus miembros. Artículo 24º.- Del alcance de sus decisiones Las decisiones tomadas por la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica son obligatorias para sus miembros, inclusive aquellos que hubiesen votado en contra, se abstuvieron de votar o estuvieron ausentes. Artículo 25º.- Del Periodo de representación Los cargos de la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica del COREJU Ica, son de elección democrática por los miembros de la Asamblea Regional de la Juventud de Ica, por el período de dos (02) años. Artículo 26º.- Del Reconocimiento El Pleno del Consejo Regional de Ica, aprueba mediante un Acuerdo de Consejo el reconocimiento a los miembros de la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica, y esta posteriormente es reconocida por la Resolución Ejecutiva Regional. La Gerencia Regional de Desarrollo Social de Ica designa mediante Resolución Gerencial Regional al Secretario Técnico, Grupos de Trabajo y Coordinadores de Grupos de Trabajo de ser el caso. Es a partir de este reconocimiento que se contempla el periodo de los cargos. Artículo 27º.- Causales de Vacancia de miembros de la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica Las y los miembros de la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica, pueden ser sujetos de vacancia por las siguientes causales: a. Por renuncia. b. Por condena con sentencia fi rme por hechos vinculados a faltas o delitos en el marco legal nacional. c. Por cumplir 30 años de edad.d. Por fallecimiento.e. Por proselitismo político partidario.f. Por incapacidad física o mental que haga imposible el ejercicio de su cargo. g. Por inasistencia reiterativas en las sesiones ordinarias o extraordinarias convocadas. h. Otros que establezca el Reglamento Interno del COREJU Ica. En caso quede vacante el cardo de Secretario/a Regional de la Juventud de Ica, antes de fi nalizar su periodo asume el Sub Secretario Regional de la Juventud de Ica y sucesivamente el vocal Regional de la Juventud de Ica. Los cargos sujetos de vacancia son cubiertos de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno del COREJU Ica y por el tiempo restante de la Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica. CAPÍTULO III: DE LA SECRETARÍA TÉCNICA Artículo 28º.- De fi nición de la Secretaría Técnica Recae en la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica, es el órgano de apoyo del Consejo Regional de la Juventud de Ica - COREJU Ica. Brinda asistencia técnica y logística. Facilita la articulación y comunicación con los diferentes órganos de línea del Gobierno Regional de Ica, gobiernos locales y organismos o servicios descentralizados del Gobierno Central con la fi nalidad de materializar las políticas, planes, programas y proyectos en favor de las juventudes de la Región. Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia Regional de Desarrollo Social de Ica, designa para la Secretaria Técnica de la Juventud de la Región de Ica, a un/a Secretario/a técnico/a de la juventud de la Región de Ica. Artículo 29º.- Funciones de la Secretaría Técnica Son funciones de la Secretaria Técnica las siguientes: a. Administrar la base de datos de las organizaciones juveniles de la región para su participación en el COREJU Ica. b. Asistir el proceso de gestión documentaria del COREJU Ica. c. Brindar el soporte técnico y logístico en el proceso de conformación e implementación del COREJU Ica. d. Apoyar la convocatoria, organización y el desarrollo de la Asamblea Regional de la Juventud de Ica del COREJU Ica. e. Convocar a la Asamblea en caso de no contar con Junta Directiva Regional de la Juventud de Ica. f. Brindar soporte técnico, logístico y espacios físicos para el desarrollo de las actividades Programadas en el Plan de Trabajo del COREJU Ica en el marco de sus funciones.