TEXTO PAGINA: 55
55 NORMAS LEGALES Martes 22 de abril de 2025 El Peruano / Artículo 4º.- De los principios El COREJU ICA, se rige bajo los siguientes principios: a.-Principio de Equidad. b.-Principio de Asociacionismo.c.-Principio de Participaciónd.- Principio de Descentralización. Artículo 5º.- Marco Legal- Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional.- Ley Nº 27783 de Bases de Descentralización.- Ley Nº 27802 Consejo Nacional de las Juventudes CONAJU y su Modi fi catoria. - Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias. - Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el texto Único Decreto Supremo Nº 013-2019 MINEDU, Política Nacional de la Juventud. - Ordenanza Regional Nº 003-2023-GORE-ICA. Artículo 6º.- De fi niciones Para la aplicación del presente Reglamento cuando se mencionen los siguientes términos se entenderá que quedan referidos a las de fi niciones que se detallan a continuación: a. JovenSegún la Ley Nº 27802, se considera joven a la etapa del ser humano donde se inicia la madurez física, psicológica y social con una valoración y reconocimiento; con un modo de pensar, sentir y actuar, con una propia expresión de vida, valores y creencias, base de la de fi nitiva construcción de su identidad y personalidad hacia un proyecto de vida. Son bene fi ciarios de la presente Ley los adolescentes y jóvenes comprendidos entre 15 y 29 años de edad, sin discriminación alguna que afecte a sus derechos, obligaciones y responsabilidades. El rango de edad establecido no sustituye los límites de edad regulados en materia de garantías, sistemas de protección y derechos laborales respecto a los adolescentes. b. Organizaciones JuvenilesSegún la Directiva DI-002-01-MINEDU, aprobada con Resolución Ministerial 167-2019-MINEDU, se de fi ne a las Organizaciones Juveniles como grupos de jóvenes que se organizan para alcanzar un fi n común desarrollando una actividad conjunta, estén o no inscritos en un registro público. c. Registro Nacional de Organizaciones Juveniles (RENOJ) Según la Directiva DI-002-01-MINEDU, de fi ne al Registro Nacional de Organizaciones Juveniles (RENOJ) como un instrumento que permite identi fi car, recopilar y sistematizar la información referida a las organizaciones juveniles e instituciones públicas y privadas que realizan trabajos en materia de juventud, acreditadas y certi fi cadas por la SENAJU. La SENAJU administra la información consignada en el RENOJ dentro de lo establecido por la Ley Nº 29733, Ley de protección de datos personales. d. Consejos Provinciales y Distritales de la Juventud Son espacios autónomos de representación, diálogo, concertación, consulta y participación ciudadana de jóvenes de 15 a 29 años de edad, cuyos representantes son elegidos de manera democrática en sus respectivas provincias y distritos. Tienen por objetivo desarrollar un trabajo articulado entre las y los jóvenes y el gobierno regional, provincial y distrital con la fi nalidad de contribuir a la promoción del desarrollo integral de las juventudes a través de su participación en la implementación de políticas públicas de su localidad.CAPÍTULO II: NATURALEZA Y FUNCIONES Artículo 7º.- De la de fi nición del COREJU Ica El Consejo Regional de la Juventud de Ica COREJU Ica tiene por objetivo desarrollas un trabajo articulado entre los jóvenes y el Gobierno Regional de Ica, con la fi nalidad de contribuir a la promoción de desarrollo integral de las juventudes a través de su participación en la implementación de políticas públicas en la región Ica. Artículo 8º.- Atribuciones y funciones El Consejo Regional de la Juventud de Ica COREJU Ica tendrá las siguientes atribuciones y funciones: a. Ejercer la representación de las juventudes de la región Ica ante los tres niveles de gobiernos y otras instituciones. b. Fomentar la participación juvenil y el ejercicio de derechos y deberes. c. Coordinar, consultar y concertar políticas y lineamientos regionales de juventud. d. Promover el derecho a la participación y expresión de las y los jóvenes en el marco de la institucionalidad democrática, inclusive y descentralizada. e. Promover y canalizar las propuestas de las y los jóvenes de la región Ica. f. Participar en la elaboración y seguimientos de políticas, planes, programas y proyectos. g. Elaborar y proponer ordenanzas concertadas en material de juventud, así como la elaboración de Reglamento Interno. h. Informar a la sociedad sobre los resultados y el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos aprobados e implementos. i. Coordinar con la SENAJU.j. Participar en los procesos ciudadanos de la elaboración de herramientas de gestión de utilidad para la Región Ica. k. Otros que establezcan el Reglamento Interno del COREJU Ica, en concordancia con el ordenamiento legal vigente sobre la materia. TÍTULO II: ORGANIZACIÓN DEL COREJU ICA CAPÍTULO I: ASAMBLEA REGIONAL DE LA JUVENTUD DE ICA Artículo 9º.- De fi nición de la Asamblea Regional de la Juventud de Ica Es la máxima instancia de decisión del Consejo Regional de la Juventud de Ica -COREJU Ica, conformada por las organizaciones juveniles acreditadas para este proceso por el Gobierno Regional de Ica y las que posteriormente soliciten su incorporación. Los/las representantes de los Consejos Provinciales de la Juventud forman parte de la Asamblea Regional de la Juventud de Ica. Artículo 10º.- Funciones de la Asamblea Regional de la Juventud de Ica Son funciones de la Asamblea Regional de la Juventud las siguientes: a. Incidir y participar en la formulación, implementación y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos que bene fi cien o afecten a la población joven. b. Aprobar y modi fi car total o parcial el Reglamento Interno del COREJU Ica y demás instrumentos de gestión. c. Aprobar el Plan Anual de Trabajo.d. Aprobar acuerdos de obligación para los miembros y veri fi car su cumplimiento. e. Elegir democráticamente a la Junta Directiva o revocar a sus miembros por las causales descritas en el presente Reglamento. f. Elegir al representante joven entre sus miembros para participar del Comité Electoral. g. Convocar la conformación del Comité Electoral, de no contar con junta directiva vigente. h. Aprobar la separación de miembros de la Asamblea Regional de la Juventud de Ica. i. Aprobar el informe de Balance Anual y Gestión del COREJU Ica.