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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (25/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Viernes 25 de abril de 2025 El Peruano / Que, a través de la Hoja de Ruta Nº E-110626-2025 de fecha 11 de marzo de 2025, La Empresa presentó documentación a efectos de subsanar las observaciones advertidas a través del O fi cio Nº 7952-2025-MTC/17.03; Que, mediante Informe Nº 030-2025-MTC/17.03.01/ aacr/ramp de fecha 11 de marzo de 2025, se concluyó que la subsanación de observaciones presentada por La Empresa, en el extremo correspondiente a la infraestructura inmobiliaria, cumple con el Reglamento y el Anexo 2 “Infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular”, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; Que, con O fi cio Nº 10119-2025-MTC/17.03 de fecha 18 de marzo de 2025, noti fi cado el 19 de marzo de 2025, se procedió a comunicar a La Empresa, la programación de la inspección In Situ, para el día 21 de marzo de 2025, a efectos de veri fi car el cumplimiento de las condiciones para acceder a una autorización como Centros de Inspección Técnica, en el marco de lo establecido en el numeral 37.5 del artículo 37 del Reglamento; Que, conforme a lo indicado en el Acta Nº 055- 2025-MTC/17.03.01 de fecha 21 de marzo de 2025, se realizó la inspección en el local de La Empresa, ubicado en Carretera Panamericana Sur km. 201, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica, constatándose el cumplimiento de las condiciones de infraestructura inmobiliaria, equipamiento y recursos humanos, señaladas en el Reglamento y la Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias y al amparo de lo dispuesto en la Resolución Nº 0086-2022/CEB-INDECOPI; Que, se veri fi có en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito – SINARETT que, a la fecha de emisión de la presente Resolución Directoral, La Empresa no registra nulidad o sanción de cancelación y/o inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi ca que La Empresa cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo – CITV Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Carretera Panamericana Sur km. 201, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica, en el marco de lo establecido en el procedimiento “DCV 022: Autorización para funcionamiento como centro de inspección técnica vehicular fi jo – CITV Fijo, del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 del Reglamento y normas complementarias; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe Nº 0102- 2025-MTC/17.03.01, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; la Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR a la empresa REVISION TECNICA VEHICULAR AYACUCHO PERU E.I.R.L., identi fi cada con RUC Nº 20604251835, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, por el plazo de cinco (05) años, en el local ubicado en Carretera Panamericana Sur km. 201, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica.Artículo 2.- La empresa REVISION TECNICA VEHICULAR AYACUCHO PERU E.I.R.L. debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, y normas complementarias. Artículo 3.- ACREDITAR, en la nómina del personal, al siguiente personal propuesto por la empresa REVISION TECNICA VEHICULAR AYACUCHO PERU E.I.R.L., para la operación del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV: RELACIÓN DE PERSONAL ACREDITADO PARA LA OPERACIÓN DEL CITV NOMBRES Y APELLIDOS CARGO EDISON JUAN ANGULO MARTINEZINGENIERO SUPERVISOR TITULAR OSCAR ALEJANDRO LESCANO BEDREGALINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE ELMER HUANCAS NAVARRO INSPECTOR RAUL MENDOZA DIAZ INSPECTOR TONY PAVEL MALLQUI BAÑOS INSPECTOR Artículo 4.- ESTABLECER que la empresa REVISION TECNICA VEHICULAR AYACUCHO PERU E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza 11 de febrero de 2026 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 11 de febrero de 2027 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 11 de febrero de 2028 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 11 de febrero de 2029 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 11 de febrero de 2030 Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fi scalización, en el marco de sus competencias. Artículo 7.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa REVISION TECNICA VEHICULAR AYACUCHO PERU E.I.R.L., en el domicilio ubicado en Carretera Panamericana Sur km. 201, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica y/o en el correo electrónico: edu2226@hotmail.com Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA DirectorDirección de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 2392503-1 Designan Jefe de la Unidad Zonal XVII - Puno del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 255-2025-MTC/20 Lima, 2 de abril de 2025