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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (25/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Viernes 25 de abril de 2025 El Peruano / Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESUS EDUARDO GUILLEN MARROQUIN Presidente Ejecutivo (e) Consejo Directivo ANEXO Formato para la presentación de comentarios Proyecto de Resolución para la determinación de los cargos por originación y/o terminación de llamadas en la red del servicio público móvil Artículo del Proyecto de ResoluciónComentarios 1 2 … Comentarios Generales Otros Comentarios 1 Con fecha 24 de marzo de 2025. 2393069-1 Designan Vocales de la Corte Arbitral del Centro de Arbitraje del Osiptel RESOLUCIÓN N° 000040-2025-CD/ OSIPTEL San Borja, 23 de abril del 2025 MATERIA:DESIGNACIÓN DE VOCALES DE LA CORTE ARBITRAL DEL OSIPTEL VISTO el Informe Nº 003-2025-STSCA/OSIPTEL de la Secretaría Técnica de Solución de Controversias y Apelaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Reglamento de Arbitraje del Osiptel, aprobado mediante Resolución N° 011-99-CD/ OSIPTEL, señala que el Centro de Arbitraje del Osiptel tiene por fi nalidad contribuir a la solución de controversias mediante la institucionalización y administración de arbitrajes entre empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones; Que, conforme a lo previsto en el artículo 5 del citado Reglamento, corresponde al Consejo Directivo del Osiptel designar, por un período de tres años, al Director y a los dos vocales de la Corte Arbitral del Centro de Arbitraje; Que, mediante Resolución N° 084-2022-CD/OSIPTEL, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 11 de mayo de 2022, se designó como Vocales de la Corte Arbitral del Centro de Arbitraje al señor Carlos Enrique Maesaka Yamasaki y a la señora Zaret Matos Fernández, por un período de tres (3) años; Que, el periodo de designación de los referidos Vocales vence el 11 de mayo de 2025, por lo que se considera pertinente designar a los mismos profesionales, por un nuevo periodo de tres (3) años, quienes cumplen con los requisitos de idoneidad exigibles para dicho cargo, conforme a lo establecido en el Reglamento de Arbitraje del Osiptel y en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; En aplicación de las funciones previstas en el literal b) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado por Decreto Supremo N° 160-2020-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 140-2023-PCM; con la conformidad de la Gerencia General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 1027/25 de fecha 10 de abril de 2025; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como Vocales de la Corte Arbitral del Centro de Arbitraje del Osiptel, por un nuevo período de tres (3) años, a los siguientes profesionales: - Vocal, señor Carlos Enrique Maesaka Yamasaki. - Vocal, señora Zaret Matos Fernández. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución se publique en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Osiptel, y se noti fi que a las personas designadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente EjecutivoConsejo Directivo 2393321-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Designan Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 118-2025-ATU/PE Lima, 24 de abril de 2025VISTOS:El Informe N° D-000150-2025-ATU/GG-OGRH, de la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe N° D-000311-2025-ATU/GG-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 064-2025-ATU/PE y recti fi cado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2025-ATU/PE, establecen que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al Gerente General, así como a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso, así como de emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000113-2024-SERVIR-PE, publicada el día 6 de septiembre de 2024 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 12-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad de la ATU, que incluye los Cuadros N° 1, N° 2 y N° 4;