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67 NORMAS LEGALES Viernes 22 de agosto de 2025 El Peruano / Operación de Endeudamiento del Gobierno Nacional, las entidades del Sector Público deben presentar, según corresponda, los siguientes documentos: a) Solicitud del Titular del Sector al que pertenece la Unidad Ejecutora. Cuando la Unidad Ejecutora sea un Gobierno Regional o Gobierno Local, ésta debe anexar copia del Acuerdo del Consejo Regional o Acuerdo de Concejo Municipal, según corresponda, que dé cuenta de la aprobación de la gestión de la Operación de Endeudamiento. b) Para el caso de Operaciones de Endeudamiento, cuyas Unidades Ejecutoras sean Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se adjunta la opinión favorable del Sector funcionalmente competente del Proyecto o Programa de Inversión, de ser necesario. c) Para el caso de entidades públicas que trans fi eren fondos al MEF para la atención del servicio de deuda, se debe adjuntar el análisis de su capacidad fi nanciera de pago. d) Cuando se trate de Operaciones de Endeudamiento externo, se adjunta la opinión favorable de la Dirección General de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (DGPMI) sobre el Proyecto o Programa de Inversión, cuya opinión debe ser emitida previo a su declaración de viabilidad. e) Para operaciones de endeudamiento cuyo destino sea el cumplimiento de funciones de Defensa Nacional y Orden Interno, se debe adjuntar un estudio que cuanti fi que los bene fi cios sociales derivados de utilizar los recursos, que deben exceder al costo asociado a dicha operación. f) Declaración de viabilidad del Proyecto o Programa de Inversión en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. g) Documento que acredite que el Proyecto o Programa de Inversión se encuentra incorporado en el Programa Multianual de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local. Que, mediante Memorándum N° 3253-2025-GRA/ GRI la Gerencia Regional de Infraestructura solicita el fi nanciamiento para la ejecución de los saldos de obra de los proyectos denominados: a) “Mejoramiento y Ampliación de los servicios de salud del establecimiento de salud Maritza Campos Díaz, del distrito de Cerro Colorado, provincia Arequipa - región Arequipa” - CUI 2322531 y b) “Mejoramiento de los servicios de salud del Hospital Camaná, distrito y provincia de Camaná, región Arequipa” - CUI 2279710 por el monto total de S/ 287,503,434.51. Con fecha 14.08.2025 mediante Informe N° 0944- 2025-GRA/ OPMI el Jefe de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones señala que los proyectos de inversión con CUI N° 2279710 y 2322531 cuentan con declaratoria de viabilidad vigente y que además se encuentra incorporado en el Programa Multianual de Inversiones del Ministerio de Salud; por lo que, cumplen con los requisitos exigidos por el artículo 7°, literales f) y 9) de la Directiva N° 001-2019-EF/52.04, constituyendo insumo habilitante para la gestión de la concertación de la operación de endeudamiento respectiva. Con fecha 14.08.2025 mediante Informe de la O fi cina de Presupuesto N° 3074-2025-GRA-ORPPAT/OP se muestra el Análisis de la capacidad fi nanciera de la entidad que contiene el fl ujo de caja proyectado por el lapso de veinte (20) años para el Endeudamiento Interno del Pliego 443-Gobierno Regional de Arequipa y por ende emite opinión favorable a fi n de que se continúe con la Aprobación de las gestiones a realizarse ante el Ministerio de Economía y Finanzas para obtener fi nanciamiento con recursos provenientes de una Operación de Endeudamiento Interno hasta por el importe de S/ 287,503,434.51 (Doscientos ochenta y siete millones quinientos tres mil cuatrocientos treinta y cuatro con 51/100 soles). Que, en atención al Informe N° 0944-2025-GRA/ OPMI e Informe O fi cina de Presupuesto N° 3074-2025-GRA- ORPPAT/OP el Jefe de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante el Informe N° 482-2025-GRA/ORPPAT, de fecha 14 de agosto del 2025, emite opinión presupuestal y señala que se cuenta con el marco legal que permite fi nanciar inversiones a través del mecanismo de Endeudamiento Público y que el inicio de las gestiones para la asignación presupuestal adicional con cargo a la fuente Recursos de Operaciones O fi ciales de Crédito a través del mecanismo de Endeudamiento Interno, el mismo que requiere que se apruebe la implementación del préstamo que mediante Acuerdo de Consejo Regional. Que, mediante el Informe N° 1655-2025-GRA/ORAJ, de fecha 14 de agosto del 2025, del Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable continuar con el procedimiento de aprobación de operación de endeudamiento interno previsto para el fi nanciamiento para la ejecución de los SALDOS DE OBRA de los siguientes proyectos de inversión, al haberse cumplido los alcances y lineamientos del Decreto Legislativo N° 1437, Ley N° 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025, la Directiva N° 001-2019-EF-52.04 “Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada por Resolución Directoral N° 015-2019-EF-52.01 y la Directiva N° 001-2024-CG/VCST “Informe Previo sobre las operaciones que comprometan el crédito o capacidad fi nanciera del Estado”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 063-2024-CG. Que, mediante O fi cio N° 883 -2025-GRA/GR del 14 de agosto de 2025 la Gerencia del Gobierno Regional de Arequipa remite al Presidente del Consejo Regional, los documentos e informes técnicos y legales antes señalados a fi n de que se autorice y se apruebe el fi nanciamiento mediante operación de endeudamiento interno para la ejecución de saldos de obra hasta por el monto de S/. 287,503,434.51, con la fi nalidad de que el Consejo Regional de Arequipa lo apruebe como parte de sus competencias. Que la Comisión de Planeamiento y Presupuesto ha revisado la información remitida por lo que presenta el Dictamen N° 012-2025-GRA/ CR-CPyP y emite opinión favorable a fi n de que se continúe con la aprobación de las gestiones a realizarse ante el Ministerio de Economía y Finanzas para obtener fi nanciamiento con recursos provenientes de una Operación de Endeudamiento Interno hasta por el importe de S/. 287,503,434.51 (Doscientos ochenta y siete millones quinientos tres mil cuatrocientos treinta y cuatro con 51/100 soles), por parte del Consejo Regional de Arequipa Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39°, primer párrafo, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de Interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante el O fi cio N° 0490-2025-GRA/GR el Gobernador Regional Dr. Rohel Sánchez Sánchez ratifi ca la solicitud de aprobación del fi nanciamiento mediante operación de endeudamiento interno para la ejecución de los saldos de obra del Proyecto de Inversión “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD MARITZA CAMPOS DÍAZ DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA DE AREQUIPA, AREQUIPA” y del Proyecto de Inversión “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL CAMANA DISTRITO Y PROVINCIA DE CAMANA - REGIÓN AREQUIPA”, efectuada con el O fi cio N° 0883-2025-GRA/ GGR por el Gerente General del Gobierno Regional de Arequipa. Que, el Consejo Regional de Arequipa, de acuerdo a las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y en aplicación de su Reglamento Interno, por MAYORÍA en Sesión Extraordinaria de fecha 21 de agosto del 2025; ACUERDA:Primero.- APROBAR el Financiamiento mediante Operación de Endeudamiento Interno por el monto de S/. 287,503,434.51 (Doscientos ochenta y siete millones quinientos tres mil cuatrocientos treinta y cuatro con 51/100 soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos de Operaciones O fi ciales de Crédito, para la ejecución de los saldos de obra del proyecto de inversión pública: