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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (22/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Viernes 22 de agosto de 2025 El Peruano / persona que lo designó. Puede formar parte del grupo de directivos públicos, servidor civil de carrera, o servidor de actividades complementarias. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa. No conforma un grupo y se sujeta a las reglas que correspondan al puesto que ocupa”; Que, mediante Memorándum N° 442-2025-FMP/DE del 01 de agosto 2025, el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, de conformidad a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 51° de la Ley N° 29182 “(…) Los funcionarios de los demás órganos administrativos son designados por el Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial, a propuesta del Director Ejecutivo”, solicita a la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial la evaluación del currículo vitae documentado de la abogada Liliana HERRERA SALDAÑA, como candidata para el cargo de con fi anza de la mencionada Dirección, conforme a lo establecido en la normativa interna, la Ley N° 31419, el Manual Clasi fi cador de Cargos y otra normativa que considere pertinente, a fi n de elevar la propuesta correspondiente al Presidente del Fuero Militar Policial; Que, mediante Memorándum N° 484-2025-FMP/ DE del 12 de agosto 2025, el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, solicita a la Jefe de la O fi cina de Personal de la Dirección de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, en relación al Memorándum N° 442-2025-FMP/DE del 01 de agosto 2025, emitir el Informe de Cumplimiento con el propósito de elevar la propuesta correspondiente al Presidente del Fuero Militar Policial de la candidata Abogada Liliana HERRERA SALDAÑA, en el cargo de Directora de Recursos Humanos, al estar actualmente con una designación temporal; Que, mediante el Informe de Cumplimiento N° 001- 2025-FMP/DE/RRHH/OFIPER del 12 de agosto 2025, la Jefa de Personal del Fuero Militar Policial; concluye que la Abogada Liliana HERRERA SALDAÑA, quien actualmente se encuentra designada temporalmente en el cargo de Directora de Recursos Humanos, cumple los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 31419 y no presenta impedimentos, ni inhabilitada para ejercer la función pública; ello en cumplimento de lo dispuesto mediante el Memorándum N° 484-2025-FMP/ DE del 12 de agosto 2025, el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial; Que, el Reglamento de la Ley N° 31419 aprobada por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM de fecha 18 de mayo 2022, establece: Artículo 2° “Responsabilidades. 2.1. Las Ofi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en la entidades públicas, son responsables de veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción. 2.2. Los funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, tiene la obligación de presentar previo a su designación o en el marco de la adecuación al presente reglamento, la información que acredite el cumplimiento de los requisitos para el acceso a dichos cargos o puestos. (…); Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial aprobado mediante Resolución Administrativa N° 065-2022-FMP/CE/SG del 29 de agosto 2022, del Fuero Militar Policial, en su artículo 8°.- Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece: “8) Disponer la contratación y remoción del personal de funcionarios, servidores y personal de confi anza, con arreglo a la normativa sobre la materia”; Que, mediante Resolución Administrativa N° 053-2025-FMP/P del 10 de abril 2025, se designó con e fi cacia anticipada al 04 de abril 2025, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Presidencia del Fuero Militar Policial, a la señora Abogada Liliana HERRERA SALDAÑA; Que, mediante Resolución Administrativa N° 081-2025-FMP/P del 04 de julio 2025, se designó temporalmente en el Puesto de Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, a la asesora de la Presidencia del Fuero Militar Policial, Abogada Liliana HERRERA SALDAÑA, en adición a sus funciones; A lo dispuesto por el Presidente del Fuero Militar Policial, lo propuesto por el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, lo recomendado por la Jefe de la O fi cina de Personal del Fuero Militar Policial, y lo opinado por el Jefe (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial. SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR, en el cargo de con fi anza de Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, a la señora Abogada Liliana HERRERA SALDAÑA. Artículo 2°.- DEJAR sin efecto la Resolución Administrativa N° 053-2025-FMP/P del 10 de abril 2025, que designó con e fi cacia anticipada al 04 de abril 2025, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Presidencia del Fuero Militar Policial, a la señora Abogada Liliana HERRERA SALDAÑA. Artículo 3°.- DEJAR sin efecto la Resolución Administrativa N° 081-2025-FMP/P del 04 de julio 2025, que designó temporalmente en el puesto de Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, en adición a sus funciones. Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/fmp), en el Portal de Transparencia Estándar, y en el diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese. ARTURO ANTONIO GILES FERRER Mayor General FAP. (R) Presidente del Fuero Militar Policial 2430616-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de director de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional de Huancavelica para participar en evento que se realizará en Colombia UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N° 1 182-2025-CU-UNH Huancavelica, 15 de agosto de 2025VISTOS:Memorando N° 000024-2025-UNH/EPG (12.08.2025), más 01 anexo, Proveído de Secretaron Académico N° 000281 (12.08.2025), más 01 anexo, O fi cio N° 000483- 2025-UNH/EPG (13.08.2025), más 02 folios, Proveído de Rectorado Nº 006867 (13.08.2025), Proveído de Secretaría General Nº 004055 (13.08.2025), O fi cio Transcriptorio N° 001279-2025-UNH/CU (15.08.2025), Proveído de la Unidad de Administración Documentaria y Archivo N° 004809 (15.08.2025); sobre autorización del viaje al exterior, al país de Colombia, al Dr. Jaime Antonio RUIZ BEJAR, director de la Escuela de Posgrado de nuestra Casa Superior de Estudios, para participar en el “XVI FORO INTERNACIONAL DE LA CALIDAD”, uno de los eventos más importantes en Latinoamérica en el ámbito de Gestión de la Calidad, organizado por ICONTEC, a desarrollarse en la ciudad de Cartagena- Colombia; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220: Cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución