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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (22/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Viernes 22 de agosto de 2025 El Peruano / Que, asimismo, a través de dicho Informe, la citada Ofi cina, menciona: “3.6 (…) considerando que el CUI 2553376: AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICA DEL IESP SIMON BOLIVAR DISTRITO DE VENTANILLA - PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO - DEPARTAMENTO DE CALLAO; presenta saldo que no se van a ejecutar en el presente ejercicio 2025, resulta necesario reducir el presupuesto Institucional aprobado con el Acuerdo de Consejo Regional N° 159-2024, de fecha 26 de diciembre de 2024 y Promulgado con Resolución Ejecutiva Regional N° 009-2025, de fecha 06 de enero de 2025, de las estimaciones de saldos de balance del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao correspondiente al Año Fiscal 2025, 5: RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18: RENTA DE ADUANAS, por el monto total hasta de S/56 154 648,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES) (…)”; Que, la O fi cina de Presupuesto y Tributación, mediante el Informe indicado precedentemente, concluye: “Del análisis realizado, se puede concluir que resulta viable cumplir con el trámite de reducir el presupuesto institucional aprobado por estimaciones de saldos de balance en el presente año, del proyecto de inversión AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICA DEL IESP SIMON BOLIVAR DISTRITO DE VENTANILLA - PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO - DEPARTAMENTO DE CALLAO, CUI 2553376, por el importe total hasta de S/. 56 154 648,00(CINCUENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES), en el marco de lo establecido en el tercer y cuarto párrafo de la segunda disposición complementaria transitoria de la Ley N° 32185 “Ley del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2025”.; Que, mediante el Informe N° 000650-2025-GRC/GAJ de fecha 31 de julio de 2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal y, concluye: “(…) en atención a los informes emitidos por la Ofi cina de Presupuesto y Tributación (…) ésta Gerencia de Asesoría Jurídica opina que, resulta procedente la modi fi cación del Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2025, a razón de la reducción de las estimaciones de los saldos de balance del Presupuesto Institucional aprobado para el año 2025, en aplicación a lo determinado en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.”; Que, asimismo, a través del citado Informe, la referida Gerencia, recomienda: “(…) se remitan los actuados a la Secretaria del Consejo Regional, a fi n que de acuerdo al cuarto párrafo de Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao evalué la aprobación de la la modi fi cación del Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2025, teniendo en cuenta las opiniones vertidas.”; Que, a través del O fi cio N° 000094-2025-GRC/CAR- JRSDB de fecha 13 de agosto de 2025, el señor José Remigio Sosa Dulanto Badiola, Presidente de la Comisión de Administración del Consejo Regional del Callao, deriva al Consejero Delegado el Dictamen N° 016-2025-GRC/ CAR de fecha 4 de agosto de 2025, emitido por la citada Comisión;Que, el mencionado Dictamen, señala entre otros, lo siguiente: “1. RECOMENDAR al Consejo Regional del Callao (…) APROBAR mediante Acuerdo de Consejo Regional la REDUCCIÓN MEDIANTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL DE LOS RECURSOS CORRESPONDIENTES A SALDO DE BALANCE POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5: RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18 RENTA DE ADUANAS POR EL MONTO DE S/ 56´154,648.00, de conformidad a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la LEY N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. (…)”; Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modi fi catorias, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, por unanimidad: SE ACUERDA: 1.- APROBAR el Dictamen N° 016-2025-GRC/CAR de fecha 4 de agosto de 2025, emitido por la Comisión de Administración del Consejo Regional del Callao; en consecuencia, APROBAR la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2025, respecto a saldos de balance de la fuente de fi nanciamiento 5: Recursos Determinados, Rubro 18: Renta de Aduanas, por el importe total de S/56 154 648,00 (Cincuenta y Seis Millones Ciento Cincuenta y Cuatro Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho y 00/100 Soles), en el marco de lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. 2.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme a lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. 3.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, derive el presente Acuerdo de Consejo Regional dentro de los cinco (05) días calendario a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. 4.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el fi el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, en atención a la normatividad vigente. 5.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25° y siguientes de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias. 6.- ENCARGAR a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo, noti fi car el presente Acuerdo de Consejo Regional a los Órganos y Unidades Orgánicas correspondientes del Gobierno Regional del Callao, para su conocimiento y fi nes pertinentes. 7.- DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTOMando se registre y cumpla.CLAUDIO FERNANDEZ ZAPATA Consejero Delegado HAROLD ANGULO CÁRDENAS Secretario del Consejo Regional 2429390-1