TEXTO PAGINA: 52
52 NORMAS LEGALES Viernes 22 de agosto de 2025 El Peruano / procedimiento especí fi co “Garantías de aduanas operativas” RECA-PE.03.03 (versión 4) con la fi nalidad de adecuar el procedimiento a los cambios normativos y optimizar su trámite; Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso. Asimismo, el numeral 21.1 del artículo 21 del referido reglamento indica que la publicación del proyecto normativo se aprueba, entre otros, mediante resolución del titular de la entidad; Que, en ese sentido, considerando que el proyecto de resolución de superintendencia que aprueba el procedimiento aduanero antes citado y su exposición de motivos corresponden a una norma de carácter general, resulta necesario efectuar su publicación en forma previa a su emisión, a fi n de recoger la opinión de los operadores de comercio exterior, los operadores intervinientes y el público en general, lo que coadyuvará a mejorar la propuesta normativa bajo comentario; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; y, en el inciso m) del artículo 10 de la sección primera del ROF de la SUNAT;SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Se dispone la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que aprueba el procedimiento especí fi co “Garantías de aduanas operativas” RECA-PE.03.03 (versión 4), con su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de la SUNAT (www.sunat.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado desde el día calendario siguiente de la publicación de la presente resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones del público en general. Artículo 2.- Mecanismo de participación Se dispone que los comentarios, aportes u opiniones del público en general pueden ser presentados en la Mesa de Partes de la SUNAT, ubicada en Av. Garcilaso de la Vega Nº 1472, Cercado de Lima; en los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT a nivel nacional y en la Mesa de Partes Virtual-SUNAT; o, enviados a la siguiente dirección de correo electrónico: CFERNAND@sunat.gob.pe., con indicación del proyecto normativo; así como se establece que la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos se encuentra a cargo de su recepción, sistematización y análisis. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ HAYDEÉ LLERENA AYBAR Superintendente Nacional 2430238-1 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Integran a Juez Especializado de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, como representante de los jueces especializados y mixtos de las cortes superiores de justicia de la república ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para el Décimo Tercer Periodo de Sesiones 2025-2027 Presidencia del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000361-2025 -P-PJ Lima, 19 de agosto del 2025 VISTA:El acta de elección del representante de los jueces especializados y mixtos de las cortes superiores de justicia de la república ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para el Décimo Tercer Periodo de Sesiones 2025- 2027. CONSIDERANDO:Primero. Que, el tercer párrafo del artículo 81 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el mandato de los señores integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial tiene una duración de 2 años.Segundo. Asimismo, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa N.o 000221-2025-CE-PJ, del 3 de julio de 2025, señaló el 8 de agosto de 2025 como fecha para la elección de los representantes de los jueces especializados y mixtos de las cortes superiores de justicia de la república ante dicho órgano de gobierno para el Décimo Tercer Periodo de Sesiones 2025-2027. Tercero. Que, de la referida acta, la misma que fue suscrita por el comité electoral designado para tal efecto, se advierte que se eligió al señor Juez Carlos Alberto Zavaleta Grández como representante de los jueces especializados y mixtos de las cortes superiores de justicia de la república. Por estos fundamentos, en mérito de lo dispuesto en el artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Integrar al señor Carlos Alberto Zavaleta Grández, Juez Especializado de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, como representante de los jueces especializados y mixtos de las cortes superiores de justicia de la república ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para el Décimo Tercer Periodo de Sesiones 2025- 2027. Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este e interesados para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta del Poder Judicial 2430496-1