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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (24/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Domingo 24 de agosto de 2025 El Peruano / mecanismos de coordinación, alineamiento y articulación intersectorial e intergubernamental entre las entidades del sector público, sector empresarial, academia y la sociedad civil organizada, con los tres niveles de gobierno, en el departamento de Amazonas, con la fi nalidad de identi fi car, priorizar, proponer y hacer seguimiento a los planes, proyectos, políticas y estrategias, ente otros en materia de desarrollo económico y competitividad, así como promover su ejecución a fi n de coadyuvar al desarrollo territorial del departamento de Amazonas. Artículo Tercero.- CONFORMAR el Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas, ARD-Amazonas, el mismo que estará integrado por los siguientes representantes de las entidades públicas y privadas quienes se acreditarán mediante o fi cio de representación ante el Consejo, conforme se detalla: ENTIDADREPRESENTADO PORCONDICIÓN Gobierno Regional de Amazonas Gobernador Regional Presidente Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas Rector Vicepresidente Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Amazonas Gerente Regional Secretario Técnico Instituto de Educación Superior Público Perú JapónDirector Miembro Cámara de Comercio, Agricultura e Industria de AmazonasPresidente Miembro Mesa Técnica de Café Presidente Miembro Mesa Técnica de Cacao Presidente Miembro Mesa Técnica de Pitahaya Presidente Miembro Mesa Técnica de Apicultura Presidente Miembro Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Amazonas.Representante Miembro Centro de Formación en Turismo y Medio Ambiente - OFITUR Representante Miembro AGROMERCADO Amazonas Jefe Miembro Dirección Regional Agraria Amazonas Director Miembro PROAMAZONAS Director Miembro Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL Unidad Zonal Amazonas Director Miembro Servicio Nacional de Sanidad Agraria - Amazonas Director Miembro Organización CODESPA Coordinadora Miembro Proyecto DER Amazonas Coordinador Miembro Oficina de Cooperación Técnica Internacional del Gobierno Regional Amazonas Director Miembro Artículo Cuarto.- APROBAR la Estructura Organizacional de la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas (ARD-Amazonas) conformada de la siguiente manera: a) Presidencia. b) Vicepresidencia.c) Secretaría Técnica. d) Miembros. Artículo Quinto.- APROBAR las funciones y atribuciones del Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas (ARD-Amazonas), siendo las siguientes: - Elaborar y aprobar el reglamento de organización y funciones de la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas (ARD-Amazonas). - Ejecutar otras acciones que se requieran para el adecuado desarrollo e implementación de la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas (ARD-Amazonas). - Aportar propuestas conforme al Plan Estratégicos de Desarrollo Nacional y los planes nacionales, sectoriales, institucionales y subnacionales. - Trabajar conjuntamente con los actores involucrados para detectar y resolver los problemas, barreras y obstáculos que frenan el avance en los temas priorizados. - Gestionar la implementación de políticas territoriales.- Fortalecer el diseño de políticas públicas y privadas. - Fomentar el intercambio de información y conocimiento. - Desarrollar proyectos colaborativos.- Promover el desarrollo económico y la innovación territorial. Artículo Sexto.- RECONOCER a la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas (ARD-Amazonas), como plataforma multiactor, la cual tendrá autonomía administrativa e institucional, por tal razón tiene la facultad de aprobar o modi fi car sus instrumentos de gestión, así como la incorporación de nuevos miembros o la separación de sus miembros a propia decisión o por acuerdo del Consejo Directivo. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional para que en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico realice las acciones administrativas correspondientes para la implementación de la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas (ARD-Amazonas). Artículo Octavo.- DEJAR SIN EFECTO toda aquella norma regional que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Noveno.- ENCARGAR al funcionario responsable de la O fi cina de la Secretaría del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en la página web del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/ regionamazonas ), previa promulgación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo el texto se difundirá en la página web institucional del Gobierno Regional Amazonas, conforme a lo previsto en el numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Artículo Primero.- Notifi car, la presente Ordenanza Regional a los integrantes del Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas, ARD- Amazonas, a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros y a las instancias correspondientes del Gobierno Regional de Amazonas, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Segundo.- El Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas (ARD- Amazonas), tiene un periodo de vigencia de dos (02) años, contados a partir del día hábil siguiente de su instalación. Al cumplimiento de dicho plazo, el Consejo Directivo presenta un informe fi nal de las acciones realizadas. Artículo Tercero.- El cumplimiento de las actividades y acciones de la Agencia Regional de Desarrollo de Amazonas (ARD-Amazonas), se fi nanciará con cargo al presupuesto institucional del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 21 días del mes de julio del año 2025. RICARDO WILMER GONZALES SALAZAR Consejero delegado POR TANTO: Mando se registre, publíque y cúmpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, 1 de agosto de 2025 GILMER WILSON HORNA CORRALES Gobernador Regional 2424795-1