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7 NORMAS LEGALES Sábado 30 de agosto de 2025 El Peruano / Amplían suspensión de la aplicación de la Directiva que regula la verificación posterior aleatoria de los documentos técnico normativo de gestión organizacional RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA Nº 008-2025-PCM-SGP Lima, 27 de agosto de 2025 VISTO:El Informe Nº D000451-2025-PCM-SSAP de la Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública el cual comprende, entre otros ámbitos, a la estructura, organización y funcionamiento del Estado. Para el cumplimiento de sus funciones vinculadas con dicho ámbito, la Secretaría de Gestión Pública cuenta con la Subsecretaría de Administración Pública, la cual está a cargo de emitir opinión técnica, proponer normas y brindar asistencia técnica en materia de estructura, organización y funcionamiento del Estado; Que, el artículo 21 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, establece que la función normativa del ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública comprende la facultad de emitir resoluciones de Secretaría de Gestión Pública, a través de las cuales se aprueban directivas, normas técnicas y lineamientos. Con relación a las Directivas, el citado Reglamento señala que estas regulan aspectos vinculados con la actuación y funcionamiento de la Secretaría de Gestión Pública en el marco del ejercicio de sus funciones como rector. Son de obligatorio cumplimiento para las entidades públicas comprendidas dentro de su ámbito de aplicación; Que, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054- 2018-PCM, establecen los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, regulando, entre otros aspectos, al Reglamento de Organización y Funciones – ROF y al Manual de Operaciones – MOP; como documento técnico normativo de gestión organizacional; Que, la Sétima Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado, establece que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de su rectoría en materia de modernización de la gestión pública, se encuentra facultada para realizar de oficio y de forma aleatoria la verificación posterior del cumplimiento a las disposiciones contenidas en los presentes lineamientos y los que emita en el marco de su rectoría. En caso de incumplimiento, emite un informe técnico vinculante solicitando a la entidad la adecuación correspondiente; Que, en ese sentido, el artículo 1 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00011- 2021-PCM/ SGP aprueba la Directiva Nº 003-2021-SGP, Directiva que regula la veri fi cación posterior aleatoria de los documentos técnico normativo de gestión organizacional, que tiene por fi nalidad generar predictibilidad en la determinación, sustento y evaluación de los documentos técnico normativo de gestión organizacional sujetos a verifi cación posterior aleatoria a cargo de la Secretaría de Gestión Pública;Que, en los literales a), h) y k) del artículo 14 del citado Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, establece que la Secretaría de Gestión Pública como ente rector de dicho sistema, ejerce, entre otras, la atribución de supervisar y evaluar la aplicación de las materias del sistema; promover el perfeccionamiento de los procesos técnicos del sistema; y, efectuar el seguimiento y evaluación de las acciones de modernización; Que, se han identi fi cado oportunidades de mejora en los Lineamientos de Organización del Estado, a partir de las cuales resulta pertinente efectuar los ajustes necesarios en las disposiciones que regulan la veri fi cación posterior, así como en la estrategia de implementación correspondiente. En tal sentido, deviene jurídicamente necesario disponer la ampliación del plazo de suspensión de la aplicación de la Directiva Nº 003-2021-SGP, que regula la veri fi cación posterior aleatoria de los documentos técnico-normativos de gestión organizacional, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00011-2021-PCM/ SGP, por un periodo adicional de hasta ciento ochenta (180) días hábiles, toda vez que el plazo de suspensión establecido en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 006-2024-PCM/SGP fi naliza el 1 de setiembre de 2025; Que, por lo antes expuesto, resulta pertinente disponer la ampliación de la suspensión de la aplicación de la Directiva Nº 003-2021-SGP, en tanto se culmina el proceso de evaluación e incorporación de mejoras para su efectiva implementación; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 123-2018- PCM; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Superno Nº 054- 2018- PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199- 2025-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliación de la suspensión de la aplicación Aprobar la ampliación de la suspensión de la aplicación, en todos sus extremos, de la Directiva Nº 003-2021-SGP, Directiva que regula la veri fi cación posterior aleatoria de los documentos técnico normativo de gestión organizacional, aprobada por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00011-2021-PCM/SGP, por un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles adicionales, contados a partir del día siguiente de la culminación del plazo establecido en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 006-2024-PCM-SGP. Artículo 2.- Emisión de normas Al término del plazo al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, la Secretaría de Gestión Pública aprueba las normas o instrumentos que correspondan, a fi n de dar cumplimiento a la veri fi cación posterior establecida en la Sétima Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PASCO HERRERA Secretario de Gestión Pública 2433244-1