Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (30/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Sábado 30 de agosto de 2025 El Peruano / de la Inversión Privada, encargada de emitir opinión sobre los proyectos de Asociaciones Público Privadas, de acuerdo con sus competencias y el marco normativo vigente; asimismo, respecto del mecanismo de Obras por Impuestos, establece los lineamientos y formatos, realiza el seguimiento de todas las fases de los proyectos y emite opinión vinculante, exclusiva y excluyente, con relación a la interpretación y aplicación de la normativa de Obras por Impuestos; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior del indicado personal, señalando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, en consecuencia, resulta pertinente autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Roberto Arturo Ortiz Villavicencio, Director de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; y, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 6 al 12 de setiembre de 2025, de conformidad con los itinerarios de viaje propuesto, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes, precisándose que los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos son asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 131-2024-EF/43, que aprueba la Directiva N° 002-2024-EF/43.06 “Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Roberto Arturo Ortiz Villavicencio, Director de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, del 6 al 12 de setiembre de 2025, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; y, a la ciudad de Madrid, Reino de España, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demanda el viaje autorizado en el artículo precedente son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 4 622,58 Viáticos (4 + 2) : US $ 3 240,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar al Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza.Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2433576-1 Aprueban la “Guía para la formulación y evaluación de proyectos de inversión de la tipología de Mercado de Abastos” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0011-2025-EF/63.01 APRUEBA LA “GUÍA PARA LA FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LA TIPOLOGÍA DE MERCADO DE ABASTOS” Lima, 28 de agosto de 2025 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1252, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI), es el ente rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y tiene entre sus funciones el aprobar las metodologías generales teniendo en cuenta el nivel de complejidad de los proyectos; precisando que son los Sectores quienes elaboran y aprueban las metodologías especí fi cas de acuerdo a sus competencias; Que, el numeral 16 del párrafo 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, y sus modi fi catorias, establece como función de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector, aprobar las metodologías especí fi cas para la identi fi cación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación y la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión y, fi chas técnicas para la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector, las cuales son aplicables a los tres niveles de gobierno; Que, de otro lado, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la DGPMI, hasta el 31 de diciembre de 2024, a elaborar y aprobar metodologías especí fi cas aplicables a las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, previo acuerdo con las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones de los Sectores, contando con su opinión favorable; Que, mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1622, Decreto Legislativo que modi fi ca los artículos 3, 4 y 5 del Decreto Legislativo Nº 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica, se amplía hasta el 31 de agosto de 2025, lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1553; Que, por lo expuesto, la DGPMI en coordinación con la OPMI del Sector Producción, ha elaborado la guía metodológica denominada “Guía para la formulación y evaluación de proyectos de inversión de la tipología de Mercado de Abastos”, como un instrumento metodológico que permitirá uniformizar criterios técnicos, optimizar el proceso de formulación y evaluación de proyectos en la