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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (30/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 30 de agosto de 2025 El Peruano / utilizar bienes de uso público y el derecho de obtener la imposición de servidumbre temporal, asumiendo el titular de la concesión, la obligación de realizar estudios de factibilidad relacionados con las actividades de generación y transmisión; especí fi camente, la de realizar estudios de centrales de generación, subestaciones o líneas de transmisión, cumpliendo un cronograma de estudios; Que, el artículo 30 y siguientes del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, establecen los requisitos y el procedimiento para el otorgamiento de concesiones temporales; asimismo, el código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM, regula el procedimiento denominado: “Otorgamiento de concesión temporal para centrales de generación”; Que, mediante documento ingresado con Registro N° 4009174, de fecha 11 de junio de 2025, la empresa CAJAMARCA SOLAR S.A.C., presentó una solicitud de “Otorgamiento de concesión temporal para centrales de generación” del proyecto “Parque Solar Granja Porcón”, con una capacidad instalada estimada de 60 MW, señalando que los estudios de factibilidad se desarrollarán en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han verifi cado que la solicitud de la empresa CAJAMARCA SOLAR S.A.C., cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, por lo que concluyen que corresponde otorgar la concesión temporal para el proyecto “Parque Solar Granja Porcón”; Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa CAJAMARCA SOLAR S.A.C., la concesión temporal para centrales de generación del proyecto “Parque Solar Granja Porcón”, con una capacidad instalada estimada de 60 MW, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS84) - Zona 17S: DATOS DE PERÍMETRO EXTERNO VÉRTICE ESTE NORTE 1 764920.9253 9220915.9154 2 765033.3077 9220873.0318 3 765130.4379 9220772.0332 4 765151.7699 9220636.39915 765233.3421 9220492.9829 6 765192.5829 9220358.5758 7 765109.2872 9220344.9102 8 765005.3906 9220479.2595 9 764728.4588 9220255.075410 764941.8720 9220135.0017 11 764802.1943 9219707.0313 12 764916.3250 9219576.0535 13 765404.0529 9219324.2664 14 765439.1901 9219174.5578 15 764782.2978 9218672.4903 16 764613.1974 9218663.6056 17 764521.6376 9218727.7707 18 764620.1289 9218894.096019 764563.2090 9218967.7998 20 764273.5476 9218644.8855 21 763948.6348 9218945.4996 22 763897.3831 9219520.0490 23 764015.7624 9220228.670724 764212.5609 9220281.4810 DATOS DE PERÍMETRO INTERNO VÉRTICE ESTE NORTE A 764804.2559 9219423.4306 B 764835.8614 9219412.2888 C 765003.2306 9219150.9386 D 764776.9013 9219015.0034 E 764665.5826 9219207.2363 Artículo 3.- Disponer que la empresa CAJAMARCA SOLAR S.A.C., realice los estudios de factibilidad, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, y cumpliendo con las obligaciones establecidas en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 93-EM, la Resolución Directoral N° 046-2010-EM/DGE, y las demás normas legales pertinentes. Artículo 4.- Establecer que, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la empresa CAJAMARCA SOLAR S.A.C., no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad, o no renovara oportunamente la garantía de fi el cumplimiento, la referida Dirección General ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario ofi cial El Peruano por cuenta de la empresa CAJAMARCA SOLAR S.A.C., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2429618-1 PRODUCE Autorizan viaje de Asesora II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura a República de Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000285-2025- PRODUCE Lima, 29 de agosto de 2025