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21 NORMAS LEGALES Sábado 30 de agosto de 2025 El Peruano / tipología de mercado de abastos, y contribuir al cumplimiento de los objetivos del SNPMGI, aplicable a los tres niveles de gobierno (nacional, regional y local), para proyectos de creación, mejora de la calidad o modernización de los mercados de abastos públicos y de administración pública, precisando roles y competencias institucionales, así como las coordinaciones intergubernamentales necesarias para la formulación y ejecución de las inversiones; Que, mediante correo electrónico de fecha 19 de agosto de 2025, la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Producción manifestó su opinión favorable a la “Guía para la formulación y evaluación de proyectos de inversión de la tipología de Mercado de Abastos”; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, y sus modi fi catorias, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1553, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1622; y, el literal c) del artículo 208 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar la “Guía para la formulación y evaluación de proyectos de inversión de la tipología de Mercado de Abastos” que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2. Publicación La presente Resolución Directoral y su Anexo, se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID GUILLERMO MIRANDA HERRERA Director General Dirección General de Programación Multianualde Inversiones 2433241-1 Aprueban los “Lineamientos metodológicos para la formulación y evaluación de Programas de Inversión en Turismo” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0012-2025-EF/63.01 Lima, 29 de agosto de 2025CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, de acuerdo a lo establecido en el párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI), es el ente rector del SNPMGI; asimismo, se dispone que los Sectores elaboran y aprueban las metodologías especí fi cas de acuerdo a sus competencias; Que, el numeral 16 del párrafo 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, y sus modi fi catorias, establece como función de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector, aprobar las metodologías especí fi cas para la identi fi cación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación y la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión y fi chas técnicas para la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector, las cuales son aplicables a los tres niveles de gobierno; Que, de otro lado, mediante el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI), hasta el 31 de diciembre de 2024, a elaborar y aprobar metodologías especí fi cas aplicables a las inversiones en el marco del SNPMGI, previo acuerdo con las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) de los Sectores, contando con su opinión favorable; Que, mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1622, Decreto Legislativo que modi fi ca los artículos 3, 4 y 5 del Decreto Legislativo N° 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica, se dispone ampliar hasta el 31 de agosto de 2025, lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1553; Que, por lo expuesto, la DGPMI, en coordinación con la OPMI del Sector Comercio Exterior y Turismo, ha elaborado el instrumento metodológico denominado “Lineamientos metodológicos para la formulación y evaluación de Programas de Inversión en Turismo”, que tiene como objetivo orientar a las Unidades Formuladores en la formulación y evaluación de programas de inversión de turismo, estableciendo procedimientos técnicos para identi fi car la necesidad de plantear una inversión integral en turismo, dimensionar el alcance de dicha intervención y del tipo de programas de inversión, así como identi fi car sinergias con otros servicios que permitan generar mayores bene fi cios, en el marco del SNPMGI; Que, mediante correo electrónico de fecha 21 de agosto de 2025, la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo manifestó su opinión favorable al instrumento metodológico denominado “Lineamientos metodológicos para la formulación y evaluación de Programas de Inversión en Turismo”; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, y sus modi fi catorias, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1553, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1622; y, el literal c) del artículo 208 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar los “Lineamientos metodológicos para la formulación y evaluación de Programas de Inversión en Turismo” que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2. Publicación La presente Resolución Directoral y su Anexo, se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID GUILLERMO MIRANDA HERRERA Director General Dirección General de Programación Multianual de Inversiones 2433496-1