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66 NORMAS LEGALES Sábado 6 de diciembre de 2025 El Peruano / que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo.1.-. Designar al señor MANUEL ALBERTO BALLADARES RAMIREZ en el cargo público de con fi anza de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones -MIGRACIONES. Artículo.2.- . La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República VICENTE TIBURCIO ORBEZO Ministro del Interior 2466467-11 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 2183-2025-IN Lima, 4 de diciembre de 2025 VISTOS, el O fi cio N° 1911-2025-COMOPPOL/ DIRASINT PNP-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 003363-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, a través de la Resolución Suprema N° 116- 2025-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano DAVID ROGER ESPINOZA PAREDES, de la República de Chile, formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad y del delito de tocamientos o actos libidinosos, en agravio de dos menores de edad con identidad reservada; Que, mediante comunicación electrónica, de fecha 18 de noviembre de 2025, la O fi cina Central Nacional de INTERPOL - Santiago informa a la O fi cina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido declarada procedente la solicitud de extradición del ciudadano peruano DAVID ROGER ESPINOZA PAREDES, asimismo, acepta la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición, del 8 al 11 de diciembre de 2025; Que, con Informe N° 700-2025-COMOPPOL PNP/ DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, sustenta la designación del Capitán de la Policía Nacional del Perú GIANCARLOS VERAMENDI ALHUAY y de la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú MARIANELLA MONTESINOS PICON, para que viajen en comisión de servicio, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, a fi n de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano peruano DAVID ROGER ESPINOZA PAREDES; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 426-2025-COMGEN/DIRASINT-DIVABI, el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado precedentemente, del 8 al 11 de diciembre de 2025, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2025-IN, establece en el literal 112.2 del artículo 112 que “La O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 5) Plani fi car y ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte; (…)”; Que, la participación del personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de pasaje aéreo de retorno del extraditable, pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Informe N° 700-2025-COMOPPOL PNP/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, en la Hoja de Estudio y Opinión N° 426-2025-COMGEN/DIRASINT-DIVABI y en la Nota de Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000004429; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución, del 8 al 11 de diciembre de 2025, a la ciudad de Santiago de la República de Chile;