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7 NORMAS LEGALES Viernes 26 de diciembre de 2025 El Peruano / COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2026 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 382-2025- MINCETUR Lima, 23 de diciembre de 2025VISTOS, el Informe N° 401-2025-MINCETUR/ SG/OGPPM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum N° 637-2025-MINCETUR/ SG/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico -SINAPLAN; Que, el artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como una de las funciones de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; asimismo, el artículo 25 de dicha norma señala que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del SINAPLAN y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, señala que la administración fi nanciera del Sector Público se encuentra vinculada con los planes y/o políticas nacionales, sectoriales e institucionales de corto, mediano y largo plazo; Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 0055-2024- CEPLAN/PCD, se aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, cuyo contenido incluye pautas generales para el proceso de planeamiento institucional en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 2.2 de la citada Guía, denominado “Elaboración y aprobación del POI”, establece que luego que el Congreso de la República aprueba la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público y cada Pliego aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tenga consistencia con el PIA. De no ser consistente, la entidad ajusta la programación, y en consecuencia las metas físicas son revisadas a nivel multianual, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, mediante Resolución Ministerial N° 135-2025-MINCETUR, se aprueba el Plan Operativo Institucional Multianual 2026 – 2028, correspondiente al Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; Que, mediante Ley Nº 32513, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y por Resolución Ministerial N° 375-2025-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; Que, a través de los documentos de Vistos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en cumplimento de las funciones asignadas por el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Resolución Ministerial N° 216-2025-MINCETUR, sustenta la aprobación del POI 2026 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en consistencia con el PIA, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 375-2025-MINCETUR; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Resolución Ministerial N° 216-2025-MINCETUR; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024-CEPLAN/PCD, que aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional - POI 2026 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. TERESA STELLA MERA GÓMEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2471720-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú para participar en la Trigésima Segunda Expedición Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXXII RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01900-2025-DE Lima, 23 de diciembre del 2025 VISTOS:El O fi cio Extra FAP N° 004766-2025-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 03071-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 02606-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 014-2014- RE, que aprueba la Política Nacional Antártica, establece que el Ministerio de Defensa tendrá a su cargo la administración logística y mantenimiento de toda estación