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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (26/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 26 de diciembre de 2025 El Peruano / Excepcionalmente, siempre que la cartera de inversiones y proyectos cuente con fi nanciamiento en el presente año fi scal, se puede efectuar la habilitación de recursos a inversiones viables o aprobadas para el inicio de la etapa de ejecución. La O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable para las referidas excepciones. 8. RESPONSABILIDADLa O fi cina de Recursos Humanos, la O fi cina de Administración y Finanzas y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Entidad, serán las encargadas de la correcta aplicación de la presente Directiva, siendo todo el personal del OSIPTEL los obligados a su cumplimiento. 1 Específicamente, las disposiciones vigentes. 2 Informe Técnico N° 001479-2022-SERVIR-GPGSC 2471766-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban “Disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Sunass par a el año 2026” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 00066-2025- SUNASS-PE Lima, 23 de diciembre de 2025 VISTOS: El proveído de la Gerencia General, El Memorando N° 02413-2025-SUNASS-OPPM-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Memorando N° 00966-2025-SUNASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Ley N° 25965, se crea la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Sunass, con personería de derecho público y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; Que, por Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se establece que los Organismos Reguladores, ejercen las funciones supervisora, reguladora, normativa, fi scalizadoras y sancionadoras, de solución de controversias y de solución de reclamos de los usuarios de los servicios que regula, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia; Que, a través Ley N.º 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 (en adelante, la Ley) se aprueba el presupuesto público para el año Fiscal 2026 que comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el literal d) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la citada Ley establece que, para los organismos supervisores y reguladores de servicios públicos, mediante resolución de su titular aprueban disposiciones de austeridad, disciplina, calidad en el gasto público y de ingreso de personal; señalando que para este último rubro se sujetan a las disposiciones establecidas en la Ley, en lo que corresponda, a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus reglamentos; señalando además que las disposiciones deben publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, precisando que no deben exceder el plazo del 31 de diciembre de 2025 y rigen a partir del 1 de enero de 2026; Que, con Memorando N° 02413-2025-SUNASS- OPPM-UPP la Unidad de Planeamiento y Presupuesto el cual cuenta conformidad de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustenta y propone la aprobación de las “Disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal de la Sunass para el año 2026”; las cuales se emiten de acuerdo a la Ley; Que, por Memorando Nº 000966-2025-SUNASS- OAJ la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable la aprobación del “Disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Sunass para el año 2026”; Que, conforme al artículo 9 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N° 145-2019-PCM, el Presidente Ejecutivo es el titular de la entidad, siendo la autoridad competente para emitir la resolución que aprueba las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal; Con los vistos de la Gerencia General, las O fi cinas de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica y, de las Unidades de Presupuesto, de Abastecimiento, de Contabilidad, de Tesorería y de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N°145-2019-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar las “Disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Sunass para el año 2026” las cuales rigen a partir del 1 de enero del 2026 y que, como anexo, forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a fi n de que realice las acciones que correspondan para la implementación de las medidas aprobadas. Artículo 3 .- Disponer la publicación en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad en el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo DISPOSICIONES DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL DE LA SUNASS PARA EL AÑO 2026 1. ANTECEDENTES Los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, Ley N° 32513 (en adelante la Ley), establecen “Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público”, aplicables a las entidades que se encuentran bajo el alcance de la referida norma. Sin embargo, el literal d) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley señala que la Sunass, entre otras entidades, está facultada a aprobar sus propias disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, que contienen necesariamente medidas en los rubros antes mencionados, mediante resolución de su titular.