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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (30/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 146

146 NORMAS LEGALES Martes 30 de diciembre de 2025 El Peruano / diciembre de 2025, la Gerencia Municipal solicitó a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática la emisión de la opinión técnica sobre la propuesta descrita en el párrafo precedente; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática a través del Informe Nº 197-2025-MDSMM/ GPPI, de fecha 15 de diciembre de 2025, opina favorablemente en aprobar la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, determinando viable continuar con las gestiones para su aprobación; Que, mediante Informe N 365-2025-MDSMM- GAJ, de fecha 16 de diciembre de 2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye lo siguiente: “(…) que la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos – MCC de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar se encuentra conforme al marco constitucional y legal vigente, habiendo sido elaborada por el órgano competente y sustentada en criterios técnicos propios del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, opinando que resulta legalmente viable su aprobación por la Gerencia Municipal mediante el acto administrativo correspondiente. (…)” ; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30057- Ley de Servicio Civil y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N 000150-2021-SERVIR-PE que formalizó el acuerdo del Consejo Directivo que aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, el seguimiento y aplicación de lo aprobado en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DEROGAR la Resolución de Gerencia Municipal Nº 039-2023-MDSMM/GM, que aprobó el Manual del Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Santa María y cualquier otra disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar (www. munisantamariadelmar.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOE ZANABRIA SOBERÓN Gerente Municipal 2471114-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Huaral DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2025-MPH Huaral, 15 de diciembre de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Nº 731-2025-SGETT/GTTSV/MPH, Informe Técnico Nº 100-2025-OPM-OGPP/MPH, Informe Legal Nº 758-2025-OGAJ, Informe Técnico Nº 101-2025-OPM/OGPP/MPH, Informe Legal Nº 769-2025-OGAJ/MPH, referidos a la aprobación de la Modi fi catoria del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, así como la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, dentro de los cuales se encuentra la promoción de programas educativos y de capacitación, en coordinación con las autoridades competentes del sector; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 003- 2025-MPH-CM de fecha 28 de enero de 2025, se aprueba los Derechos de Tramitación de los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en Exclusividad, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaral, por lo que con fecha de 21 de marzo se cumple con la publicación de la Ordenanza en el Diario el Peruano , en el cual se incorporan los procedimientos administrativos vinculados a la prestación del servicio de transporte, entre otras. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento técnico normativo de gestión, que brinda a los administrados (personas naturales y jurídicas) la información sobre los procedimientos administrativos de iniciativa de parte y servicios exclusivos que brinda la entidad (base legal, requisitos, costos, plazos, etc.) que se tramitan ante las entidades. Es un documento único que consolida, ordena y sistematiza todos los procedimientos administrativos de la entidad. Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) en su artículo 50º establece que la O fi cina de Planeamiento y Modernización es la unidad orgánica responsable de conducir, ejecutar y evaluar los procesos del sistema de planeamiento estratégico, procesos participativos, actualización de los instrumentos de gestión, modernización de la gestión pública, asimismo en el artículo 51º literal g) establece que tiene por función “Coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como la elaboración y actualización de sus documentos de gestión en materia organizacional (ROF) y de procedimientos administrativos (TUPA) conforme la normatividad de la materia ”. Que, a través del Informe Nº D000190-2025-PCM- SSSAR, elaborado por la Subsecretaria de Simpli fi cación y Análisis Regulatorio, e ingresado a la Municipalidad Provincial de Huaral con Informe Nº D002293-2025-PCM-SGP de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros - Expediente Administrativo Nº 42322-2025-MPH, emite opinión en el marco de su rectoría en materia del Sistema Administrativo de Modernización sobre requisitos establecidos por la Municipalidad Provincial de Huaral, para la prestación del servicio de transporte terrestre, recomendando la eliminación de determinados requisitos contenidos en el TUPA Municipal; Que, mediante Informe Nº 731-2025-SGETT/GTTSV/ MPH, de fecha 07 de noviembre de 2025, la Sub Gerencia de Estudios de Transito y Transporte, concluye que los requisitos detectados por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, constituyen requisitos que vulneran el principio de legalidad, contemplado en la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, a la vez recomienda que se inicie la adecuación del TUPA institucional en el plazo establecido; Que, en ese contexto mediante Informe Técnico Nº 100-2025-OPM-OGPP/MPH, de fecha 27 de noviembre del 2025, la Oficina de Planeamiento y Modernización, unidad Orgánica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en marco de las competencias señaladas en la Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 005-2018-PCM-