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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (30/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 135

135 NORMAS LEGALES Martes 30 de diciembre de 2025 El Peruano / VISTOS: El ofi cio N° 003320-2025-MP-FN-CN-FEMA, e informe N° 032-2025-MP-FN-OREF-EJVP, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, cursado por el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, conforme a los lineamientos establecidos en el ofi cio circular N° 003-2024-MP-FN, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Materia Ambiental de Madre de Dios. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Hitler Humpire Quecara, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Materia Ambiental de Madre de Dios; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 032-2025-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 18 de diciembre de 2025. Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente —con carácter transitorio— corresponde a las creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019, la misma que posteriormente fue prorrogada la vigencia de la plaza, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 091-2024-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2024. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Hitler Humpire Quecara, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, designándolo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Materia Ambiental de Madre de Dios. Artículo Segundo.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y/o delegación de funciones, considerando el régimen laboral en el que se encuentra sujeto el abogado Hitler Humpire Quecara. Artículo Tercero.- Precisar que la plaza señalada en el artículo primero, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019, y a la prórroga de su vigencia materia de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 091-2024-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2024. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2472440-10 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3830-2025-MP-FN Lima, 29 de diciembre de 2025 VISTOS:Los o fi cios Nºs. 008620, 009115 y 010345-2025-MP- FN-PJFS-DFLE y el informe N° 0137-2025-MP-FN-OREF-JJCP, y; CONSIDERANDO:Mediante los o fi cios de vistos, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, conforme a los lineamientos establecidos en el o fi cio circular N° 003-2024-MP-FN, se eleva la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho – Zona Baja. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Frank Antony Olazabal Galvez, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho – Zona Baja; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 0137-2025-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 22 de diciembre de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718;