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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2025 (01/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2025 El Peruano / Provincia Distrito usuarios Total Zona 19 14725 Total General: 17,946 usuarios Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 181-2024 a suscribirse con RENOVA, el cual consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 181-2024 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrifi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 181- 2024, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- Notifi car la presente Resolución Directoral a RENOVA dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario ofi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrifi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELVIS RICHARD TELLO ORTIZ Director General Dirección General de Electricidad 2356057-1 Otorgan a favor de ORIENTAL RENOVA la concesión eléctrica rural para la dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en proyecto ubicado en las provincias de Acomayo, Anta, Calca, Canas, Canchis, Chumbivilcas, Cusco, Espinar, La Convención, Paruro, Paucartambo, Quispicanchi y Urubamba, departamento de Cusco RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0173-2024- MINEM/DGE Lima, 11 de diciembre de 2024 VISTO: El Expediente Nº 65413924, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el proyecto “Electrifi cación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Autónomos en la Región Cusco Oriental” (en adelante, el PROYECTO), presentada por la empresa ORIENTAL RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C. (en adelante, ORIENTAL RENOVA) y el Informe Nº 928-2024-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro Nº 3734515, de fecha 17 de abril de 2024, ORIENTAL RENOVA solicita el otorgamiento de CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicada en los distritos de Accha, Alto Pichigua, Andahuaylillas, Caicay, Calca, Camanti, Ccapi, Ccarhuayo, Ccatca, Challabamba, Chamaca, Checaupe, Checca, Chinchero, Cielo Punco, Colcha, Colquepata, Combapata, Condoroma, Coporaque, Coya, Cusipata, Echarate, Espinar, Huancarani, Huanoquite, Huaracondo, Huaro, Huayllabamba, Inkawasi, Kimbiri, Kosñipata, Kumpirushiato, Kunturkanki, Lamay, Langui, Lares, Layo, Livitaca, Lucre, Manitea, Maranura, Maras, Marangani, Megantoni, Ocobamba, Ocongate, Ocoruro, Ollantaytambo, Omacha, Oropesa, Paccaritambo, Pichari, Pichigua, Pillpinto, Pisac, Pitumarca, Quehue, Quellouno, Quiquijana, Rondocán, San Jerónimo, San Pablo, Santa Ana, Santa Teresa, Sicuani, Suyckutambo, Taray, Tinta, Tupac Amaru, Unión Ashaninka, Urubamba, Urcos, Vilcabamba, Villa Kintiarina, Villa Virgen, Yanoca, Yanatile, Yaurisque y Yucay; provincias de Acomayo, Anta, Calca, Canas, Canchis, Chumbivilcas, Cusco, Espinar, La Convención, Paruro, Paucartambo, Quispicanchi y Urubamba; departamento de Cusco, cuyas coordenadas fi guran en el Expediente; Que, ORIENTAL RENOVA ha presentado la Resolución Gerencial Regional Nº 014-2024-GR Cusco/ GREMH, de fecha 22 de marzo de 2024, mediante la cual la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Cusco aprueba la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente al PROYECTO, así como la Resolución Directoral Nº 0018-2023-MEM/DGE, de fecha 3 de febrero de 2023, mediante la cual, la Dirección General de Electricidad otorga la califi cación como Sistema Eléctrico Rural correspondiente al PROYECTO, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electrifi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrifi cación Rural, ha emitido el Informe Nº 928-2024-MINEM/DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrifi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de ORIENTAL RENOVA, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicada en los distritos de Accha, Alto Pichigua, Andahuaylillas, Caicay, Calca, Camanti, Ccapi, Ccarhuayo, Ccatca, Challabamba, Chamaca, Checaupe, Checca, Chinchero, Cielo Punco, Colcha, Colquepata, Combapata, Condoroma, Coporaque, Coya, Cusipata, Echarate, Espinar, Huancarani, Huanoquite, Huaracondo, Huaro, Huayllabamba, Inkawasi, Kimbiri, Kosñipata, Kumpirushiato, Kunturkanki, Lamay, Langui, Lares, Layo, Livitaca, Lucre, Manitea, Maranura, Maras, Marangani, Megantoni, Ocobamba, Ocongate, Ocoruro, Ollantaytambo, Omacha, Oropesa, Paccaritambo, Pichari, Pichigua, Pillpinto, Pisac, Pitumarca, Quehue, Quellouno, Quiquijana, Rondocán, San Jerónimo, San Pablo, Santa Ana, Santa Teresa, Sicuani, Suyckutambo, Taray, Tinta, Tupac Amaru, Unión Ashaninka, Urubamba, Urcos, Vilcabamba, Villa Kintiarina, Villa Virgen, Yanoca, Yanatile, Yaurisque y Yucay; provincias de Acomayo, Anta, Calca, Canas, Canchis, Chumbivilcas, Cusco, Espinar, La Convención, Paruro, Paucartambo, Quispicanchi y Urubamba; departamento de Cusco, que comprende a 64,796 viviendas benefi ciadas distribuidas en un Mil Trescientos Setenta y Cuatro (1,374) localidades, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.