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9 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2025 El Peruano / Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2358090-1 Modifican la R.M. N° 373-2024- MIMP que dispuso la publicación del proyecto “Estrategia para la adecuada implementación del sistema de apoyos y salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 396-2024- MIMP Lima, 29 de diciembre de 2024VISTOS, el Ofi cio N° D001685-2024-CONADIS- PRE de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); la Nota N° D000912-2024-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Informe N° D000227-2024-MIMP-OP de la Ofi cina de Planeamiento; el Memorándum N° D001362-2024-MIMP-OGPPM de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000716-2024-MIMP-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 373-2024- MIMP se dispuso la publicación del proyecto de “Estrategia para la adecuada implementación del sistema de apoyos y salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad”; estableciéndose en su artículo 2 el plazo de treinta (30) días calendario para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas; Que, con el Ofi cio N° D001685-2024-CONADIS-PRE, la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) solicita la modifi cación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 373-2024-MIMP, a fi n que se considere el plazo allí establecido en días hábiles, sobre la base de lo señalado en el Informe N° D000182-2024-CONADIS-SDPP y el Informe N° D000671-2024-CONADIS-OAJ de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de dicho Organismo Público, respectivamente; Que, a través del Memorándum N° D001362-2024- MIMP-OGPPM, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° D000227-2024-MIMP-OP de la Ofi cina de Planeamiento, mediante el cual se emite opinión favorable para la modifi cación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 373-2024-MIMP; Que, con el Informe N° D000716-2024-MIMP-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la emisión de la presente Resolución Ministerial; Que, en ese contexto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que disponga la modifi cación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 373-2024-MIMP; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 373-2024-MIMP, de acuerdo con el siguiente texto: “Artículo 2.- Establecer un plazo de treinta (30) días hábiles , contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en las sedes digitales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/ mimp) y del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS (www.gob.pe/ conadis), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2358092-1 PRODUCE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 000012-2024-ITP/DE A solicitud del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) se publica Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo Nº 000012-2024-ITP/DE, publicada en la edición del día 31 de diciembre de 2024. DICE: “RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000012-2024-ITP/DE” DEBE DECIR: “RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000012-2024-ITP/PCD” 2358527-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000013-2024-ITP/DE A solicitud del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) se publica Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo N° 000013-2024-ITP/DE, publicada en la edición del día 31 de diciembre de 2024. DICE: “RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000013-2024-ITP/DE” DEBE DECIR: “RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000013-2024-ITP/PCD” 2358529-1