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22 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2025 El Peruano / de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, vigente en virtud de la Novena Disposición Complementaria Final y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1440, establece que las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, conforme al artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 054-2018-EF/52.03, Designan Responsables del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, de las Municipalidades y otros, modifi cada por Resolución Directoral Nº 014-2019-EF/52.03, emitida por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado esta facultad de manera expresa; Que, mediante los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM, se prohíbe en las entidades del Sector Público, la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo, debiendo éstos efectuarse en blanco y negro, salvo que, excepcionalmente, el titular de la entidad o quien éste delegue, autorice impresos a color para casos debidamente justifi cados; Que, con el propósito de lograr una mayor fl uidez en la marcha administrativa de la entidad, así como garantizar una adecuada gestión de los recursos asignados en materia presupuestal, en las contrataciones de bienes, servicios y obras, en la gestión de los recursos humanos que permitan a la entidad cumplir, tanto con las funciones previstas en su Reglamento de Organización y Funciones, como la programación de las metas institucionales para el ejercicio 2024, es necesario delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego hasta la culminación del Año Fiscal para el que se aprueban, en los diversos órganos de PROINVERSIÓN que se consideran en la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30225 Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1441 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo Nº 1440, Ley del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el/la Secretario/a General las siguientes facultades: 1.1 En materia de personal a. Aprobar los requerimientos de contratación de personal bajo el régimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo Nº 728 y modifi catorias; y la Contratación Administrativa de Servicios amparada en el Decreto Legislativo Nº 1057 y modifi catorias. b. Aprobar las licencias con goce de haber no reguladas en el artículo 42 del Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS de PROINVERSIÓN. c. Autorizar el traslado o reubicación defi nitivo del personal por necesidad del servicio en ciudad distinta a donde se encuentra prestando servicios. d. Efectuar los encargos de funciones o designaciones temporales de personal bajo el régimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo Nº 728 y modifi catorias y las correspondientes a las Contrataciones Administrativa de Servicios, Decreto Legislativo Nº 1057 y modifi catorias, según corresponda, motivadas por acciones de personal vinculadas a vacaciones, suplencia, comisión de servicios, etc., para todo el personal de la entidad. e. Efectuar los encargos de puestos de personal no vinculados al literal anterior bajo el régimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo Nº 728 y modifi catorias y Contrataciones Administrativa de Servicios, Decreto Legislativo Nº 1057 y modifi catorias, con excepción de los encargos y/o designaciones temporales para Directores de Proyectos, Directores de Línea y Sub Directores de Línea. f. Declarar la extinción de contratos por jubilación. 1.2 En materia administrativa a. Suscribir en nombre de la entidad, los Convenios de Asistencia Técnica en la modalidad de Asesoría sin Financiamiento vinculados a la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del Sector Privado; y al artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; así como las respectivas modifi caciones a dichos convenios. b. Aprobar y dejar sin efecto directivas y otros instrumentos que fueran necesarios para la gestión administrativa de la entidad. c. Suscribir, en representación de la entidad, los convenios de colaboración interinstitucional que se celebren con personas jurídicas nacionales, así como sus modifi caciones; y otros convenios con entidades del Estado, y sus respectivas modifi caciones; en el ámbito de sus funciones o en los casos que se constituya como Área Promotora. d. Designar a los miembros del Comité Especial de Cautela. e. Suscribir los Contratos, así como las adendas, sujetos a las disposiciones “Gestión de Sociedades de Auditoría”. f. Designar y dejar sin efecto la designación de los fedatarios institucionales. g. Constituir, designar y modificar a los miembros del comité de carácter permanente para la elaboración y aprobación del listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada. h. Designar al funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. i. Designar a los funcionarios encargados de clasifi car la información de carácter secreta y reservada. j. Designar al responsable de remitir las ofertas de trabajo a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR. k. Aprobar la modifi cación el Reglamento Interno de los Servidores Civiles de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, a propuesta de la Ofi cina de Administración. l. Constituir, designar y modifi car a los miembros de Comité de Gobierno Digital. m. Constituir, designar y modifi car a los miembros de la Comisión de Igualdad de Género. n. Formalizar la designación del/de la Jefe/a de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto (o el que haga sus veces) como responsable de la ejecución, supervisión y monitoreo de las acciones estratégicas a su cargo; la misma que se formalizará mediante resolución de la máxima autoridad institucional, y se comunicará a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial para la Pacifi cación y Desarrollo Económico Social en la Zona del Huallaga, a fi n que coordine y brinde la información que se requiera. o. Aprobar y suscribir solicitudes de autorización previa y reporte posterior de publicidad estatal en periodo electoral a propuesta de la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional; así como presentar descargos y recursos impugnatorios ante las desaprobaciones y/o procedimientos sancionadores vinculados a la publicidad