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12 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2025 El Peruano / b) Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora: Biblioteca Nacional del Perú. c) Aprobar y modifi car directivas, manuales de procedimientos y todo tipo de disposiciones internas vinculadas a la conducción de la institución. 1.2 En materia de contrataciones del Estado a) Resolver los recursos de apelación que interpongan los postores en los procedimientos de selección llevados a cabo por la Entidad, cuyo valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, que correspondan ser resueltos por la Entidad. b) Aprobar los procesos de estandarización cumpliendo con las formalidades y requisitos exigidos por la normativa correspondiente. c) Aprobar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio gestionando la emisión de informe técnico legal correspondiente. d) Aprobar, tanto en el arbitraje institucional como en el Ad Hoc, la designación del árbitro por parte de la Entidad. e) Aprobar contrataciones directas exclusivamente en los supuestos indicados en los literales e), g), j) k) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF. 1.3 En materia de recursos humanos a) Aprobar y/o formalizar las modifi caciones del Presupuesto Analítico de Personal. b) Suscribir los Convenios de Asignación de Gerente Público, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo N° 030-2009- PCM, y demás normas sobre la materia. c) Designar a los representantes de la Biblioteca Nacional del Perú que participarán en la negociación colectiva del pliego de reclamos presentado por los trabajadores de los regímenes comprendidos en los Decretos Legislativos N° 276 y/o N° 1057, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, o norma que lo sustituya; quienes tendrán las facultades para participar en la negociación y conciliación, practicar todos los actos procesales propios de estas, suscribir cualquier acuerdo y llegado el caso, la convención colectiva de trabajo. d) Aprobar, modifi car o dejar sin efecto, la conformación de las Comisiones Negociadoras del Pliego de Reclamos y Mesas de Dialogo, cuando corresponda de acuerdo al marco normativo de la materia. e) Autorizar el inicio del proceso de contratación de los Contratos Administrativos de Servicios de los órganos de la Biblioteca Nacional del Perú, en consonancia con la normativa vigente. f) Autorizar los Términos de Referencia y las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial en la Biblioteca Nacional del Perú. g) Remitir la solicitud de pago de honorarios del personal altamente califi cado de la Biblioteca Nacional del Perú, conforme a los Lineamientos establecidos sobre la materia. 1.4 En materia presupuestariaa) Aprobar y/o formalizar las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a propuesta de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad. b) Dictar los procedimientos y lineamientos que considere necesarios referidos a la información, documentos, plazos, responsabilidades y procedimientos en general, para la aplicación de lo establecido en artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440, a propuesta de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, en coordinación con la Ofi cina de Administración. c) Registrar, para el caso de la Certifi cación del Crédito Presupuestario, al (los) responsable(s) de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras y, para el caso del compromiso, al funcionario facultado de contratar y comprometer el presupuesto en el aplicativo “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF-SP. 1.5 En materia de contabilidad a) Suscribir y/o presentar la rendición de cuentas a través de los medios digitales del MEF, de conformidad con el subnumeral 4.3.1 del numeral 4.3 del Instructivo N° 003-2024- EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera e Información Presupuestaria de las Entidades del Sector Público durante el proceso de transición al marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”. b) La realización de los procedimientos señalados en las Normas de Depuración y Sinceramiento contable. 1.6 En materia de inversión públicaa) Aprobar, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, el procedimiento para realizar el cierre de ofi cio de las inversiones. Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones a el/la Jefe/a de la Ofi cina de Administración, durante el año fi scal 2025. Delegar en el/la Jefe/a de la Ofi cina de Administración, las siguientes facultades y atribuciones: 2.1 En materia de contrataciones del Estadoa) Aprobar y/o modifi car el Plan Anual de Contrataciones – PAC. b) Designar los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes, que tendrán a su cargo la preparación, conducción y realización del procedimiento de selección hasta su culminación. c) Aprobar los expedientes de contratación, las bases administrativas y formalizar la cancelación de los procedimientos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simplifi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica y Contrataciones Directas, conforme a lo regulado en la Ley de Contrataciones del Estado. d) Suscribir adendas de contratos derivados de los procedimientos de selección regulados por la normativa de contrataciones del Estado. e) Aprobar el expediente de contratación con proveedores no domiciliados en el país. f) Modifi car y suscribir las adendas de los contratos con proveedores no domiciliados en el país. g) Resolver los contratos suscritos con proveedores no domiciliados en el país. h) Perfeccionar la relación contractual con la suscripción del contrato, notifi cación de la orden de compra o de servicios; así como, decidir sobre su resolución y/o efectuar modifi caciones, respecto de las contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). i) Representar a la Biblioteca Nacional del Perú ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias, de acuerdo con la normativa de contratación pública, siempre y cuando no sean funciones de la Procuraduría Pública del Ministerio de Cultura. j) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes o servicios, hasta el límite del veinticinco (25%) del monto de contrato. k) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes o servicios, hasta por el límite del veinticinco (25%) del monto de contrato original. l) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual. m) Aprobar otras modifi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que las mismas deriven de hechos