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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2025 (11/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 11 de enero de 2025 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 221-2024-SGJEC-GDEC/ MDSMP de fecha 16 de septiembre de 2024, la Sub Gerencia de Juventud, Educación y Cultura propone el Reglamento que regula el Consejo Distrital de Participación de la Juventud del distrito de San Martín de Porres, el mismo que la Gerencia de Deportes Educación y Cultura, a través del Informe N° 046-2024-GDEC/MDMSP hace suyo, el cual tiene por objeto establecer su marco normativo e institucional como instancia colegiada, autónoma, de representación, concertación, consulta y participación democrática de la juventud en el distrito de San Martín de Porres; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe N° 0202-2024-OGPP/ MDSMP de fecha 30 de octubre de 2024 emite opinión técnica para la aprobación del reglamento a través del Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe N° 647-2024-OGAJ/MDSMP de fecha 12 de noviembre de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la aprobación del Decreto de Alcaldía que aprueba el Reglamento del Conejo Distrital fe Participación de la Juventud del Distrito de sa Martín de Porres, aprobado por Ordenanza N° 532-MDMP; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 1722-2024-MDSMP/GM de fecha 21 de noviembre de 2024, corre traslado de los actuados a Secretaría General para la emisión del acto administrativo que corresponda; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; De conformidad a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula la conformación del Consejo Distrital de Participación de la Juventud del Distrito de San Martín de Porres, el mismo que consta de: Seis (VI) Títulos, Tres (III) Capítulos, Treinta y Nueve (39) artículos y Dos (02) Disposiciones Complementarias y Transitorias, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Deportes, Educación y Cultura, Gerencia de Salud y Desarrollo Humano, Subgerencia de Educación, Cultura y Deporte y demás unidades orgánicas competentes, la implementación de acciones necesarias y oportunas para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, a la O fi cina de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación del Decreto de Alcaldía y Reglamento en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. https://www.gob.pe/munisanmartindeporres y a la O fi cina General de Comunicaciones la respectiva difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA Alcalde 2360534-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban moción del alcalde referente a la situación en Venezuela ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2025- ACSS Santiago de Surco, 10 de enero de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTOEl Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al artículo 194º de la Constitución Política, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41º de la Ley establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de Interés Público, Vecinal o Institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado Acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; Que, en la presente sesión, el Alcalde de Santiago de Surco, en razón de la situación política que vive el país hermano de Venezuela, propuso una moción a efectos que el Concejo Municipal, en aras de defender y propagar la construcción de la democracia como valor universal que garantice el Estado de Derecho a nivel continental, se solidarice con el pueblo Venezolano; Que, estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y, contando con la votación por UNANIMIDAD de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, los miembros del Concejo Municipal emitieron el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la moción presentada por el Alcalde de Santiago de Surco, en los siguientes términos: Que, los gobiernos locales son la célula básica de la demostración del ejercicio del sistema democrático de un país. En el municipio de Santiago de Surco creemos en el respeto incondicional de la democracia y del sentir de nuestros ciudadanos, siendo esta condición medular para tener una legítima representatividad, al ser las autoridades el re fl ejo de la voluntad de los pueblos como resultado de una transparente y libre elección. Es por ello que el Alcalde de Santiago de Surco y los miembros del Concejo Municipal alzamos nuestra voz de rechazo y repudió a la continuidad ilegítima en el poder del dictador Nicolás Maduro Moros, quien ha desconocido los resultados de las elecciones y la soberanía de la voluntad popular de los venezolanos utilizando la fuerza y represión contra Edmundo González Urrutia y María Corina Machado Parisca, legítimos ganadores de las últimas elecciones. Al ser la democracia un valor Universal nos corresponde defenderla a todos, pues no sólo se trata de una cuestión interna de un país, sino una responsabilidad de todas las naciones, no debiendo permitir que se cree un precedente en nuestro continente, y se pretenda contaminar la libre gobernabilidad existente Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco y en el Portal de Transparencia Estándar. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2360844-1