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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2025 (11/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 11 de enero de 2025 El Peruano / señalado en los párrafos que anteceden y a la normatividad vigente; teniendo en consideración además que la plaza a ocupar -de carácter transitorio- corresponde a la creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N o 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Yovana Churata Quispe como fi scal provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Madre de Dios y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Materia Ambiental de Madre de Dios, materia de las Resolución de la Fiscalía de la Nación N os 1482-2019-MP-FN -laborando a la fecha conforme a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024-; a partir de la fecha de juramentación que se menciona en el artículo tercero de la presente resolución. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Yovana Churata Quispe como fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, designándola en el despacho de la Fiscalía Superior Penal de Madre De Dios, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, surtan efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algunas de las condiciones resolutorias que ameriten el término del ejercicio de la función fi scal, de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa y normatividad vigente, teniendo en consideración además que la plaza a ocupar -de carácter transitorio- corresponde a la creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento a la abogada Yovana Churata Quispe que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Quinto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2360953-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Aprueban el Reglamento que regula la conformación del Consejo Distrital de Participación de la Juventud del Distrito de San Martín de Porres DECRETO DE ALCALDÍA N° 015-2024/ MDSMP San Martín de Porres, 28 de noviembre de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRESVISTOS: Informe Nº 221-2024-SGJEC-GDEC/ MDSMP de fecha 16 de septiembre de 2024, la Sub Gerencia de Juventud, Educación y Cultura; Informe N° 46-2024-GDEC/MDSMP de fecha 21 de octubre de 2024 de la Gerencia de Deportes, Educación y Cultura; Informe N° 0202-2024-OGPP/MDSMP de fecha 30 de octubre de 2024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Informe N° 647-2024-OGAJ/MDSMP de fecha 12 de noviembre de 2024 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Memorandum N° 1722-2024-MDSMP/GM de fecha 21 de noviembre de 2024 de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el numeral 2.9 del artículo 84 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, indica que es función exclusiva de las municipalidades distritales, promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local; Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27802 – Ley del Consejo Nacional de la Juventud, señala que se considera joven a la etapa del ser humano donde se inicia la madurez física, psicológica y social con una valoración y reconocimiento; con un modo de pensar, sentir y actuar; con una propia expresión de vida, valores y creencias; asimismo, su artículo 2 precisa que los adolescentes y jóvenes están comprendidos entre 15 y 29 años de edad, sin discriminación alguna que afecte a sus derechos, obligaciones y responsabilidades; Que, mediante Decreto Supremo N° 13-2019-MINEDU se aprueba la Política Nacional de Juventud, la misma que de acuerdo al artículo 2 establece que, es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado y niveles de gobierno, conforme a su autonomía y competencias, responsables de los objetivos prioritarios para afrontar la situación actual de la población joven al año 2030, siendo el Objetivo Prioritario 06: incrementar la participación ciudadana de la población joven; Que, mediante Ordenanza 532-MDSMP, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 29 de octubre de 2022, se crea el Consejo Distrital de Participación de la Juventud de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, siendo su fi nalidad la establecida en el artículo 4, la de promover la integración de los jóvenes en la vida comunitaria contribuyendo a un integral desarrollo: físico, humano, psicológico, social, espiritual y económico; teniendo especial atención a su formación en el ejercicio oportuno, e fi ciente, democrático y sostenible de su ciudadanía, logrando su bienestar en un entorno participativo y democrático en el distrito de San Martín de Porres; Que, mediante Ordenanza N° 552/MDSMP de fecha 27 de junio de 2023, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el mismo que establece las funciones de cada unidad orgánica y la nueva estructura orgánica, así en el numeral 12 del artículo 125 dispone que, la Gerencia de Deportes, Educación y Cultura tiene como una de sus funciones la de promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local; Que, mediante Ordenanza N° 571-MDSMP publicada en el diario O fi cial el Peruano el 28 de agosto de 2024, se aprobó la modi fi cación del artículo 11, Cuarta y Quinta disposiciones fi nales de la Ordenanza N° 532-MDSMP, que crea el Consejo Distrital de Participación de la Juventud del distrito de San Martín de Porres.