TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Sábado 11 de enero de 2025 El Peruano / acumulados, un incremento de 49.0% durante el referido periodo. El resultado reportado por ambos indicadores se produjo en un contexto en el cual el salario promedio de los trabajadores del sector manufactura registró un aumento de 32% durante el periodo de análisis 10. • La productividad (calculada como la producción promedio por trabajador) experimentó, en términos acumulados, una reducción de 73.3% durante el periodo de análisis. Al evaluar las tendencias intermedias durante el periodo de análisis se observa también un comportamiento decreciente de este indicador. En la parte fi nal y más reciente del periodo de análisis (primer semestre de 2024), la productividad experimentó reducciones de 17.9% y 6.9% respecto al primer y al segundo semestre de 2023, respectivamente. • El margen de utilidad unitario obtenido por el productor solicitante por sus ventas internas de lavaderos de acero inoxidable registró una reducción acumulada de 88.0 puntos porcentuales entre 2021 y 2024 (enero - junio). Al revisar las tendencias intermedias durante el periodo de análisis se aprecia también un comportamiento decreciente de este indicador 11. En la parte fi nal y más reciente del periodo de análisis (primer semestre de 2024), el margen de utilidad unitario registró niveles negativos, experimentando una contracción de 15.7 puntos porcentuales respecto al nivel registrado en 2023, debido a que el costo de producción unitario registró un incremento de 12.3% y el precio de venta interna se redujo 5.1%. • Con relación al fl ujo de caja y a la rentabilidad agregada, entre 2021 y 2023 12, el fl ujo de caja del productor solicitante se redujo en 7.2%, en tanto que la rentabilidad agregada experimentó una evolución desfavorable re fl ejada en reducciones de 55.6, 8.2 y 5.7 puntos porcentuales de los ratios de Rentabilidad de las Ventas (ROS), Rentabilidad Financiera (ROE) y Rentabilidad de los Activos (ROA), respectivamente. En ese contexto, se observó que, en 2022, el productor solicitante ejecutó inversiones destinadas principalmente a adquirir máquinas y equipos empleados en la línea de producción correspondiente al producto materia de la solicitud 13. • Los inventarios experimentaron una reducción acumulada por encima del 65% durante el periodo de análisis (enero de 2021 - junio de 2024). Por su parte, la proporción de los inventarios con relación a las ventas totales de lavaderos de acero inoxidable del productor solicitante registró una reducción de acumulada de 15.7 puntos porcentuales durante el periodo en mención. Al evaluar las tendencias intermedias durante el periodo de análisis se observa un comportamiento mixto de este indicador. En la parte fi nal y más reciente del periodo de análisis (primer semestre de 2024), los inventarios en términos relativos a las ventas totales experimentaron reducciones de 46.3 y 35.7 puntos porcentuales respecto al primer y al segundo semestre de 2023, respectivamente. • Se han encontrado indicios razonables de que las importaciones del producto chino materia de la solicitud habrían registrado un margen de dumping de 491.5% en el periodo julio de 2023 - junio de 2024. Según se ha explicado en el Informe, en ese periodo, las importaciones registraron un nivel de subvaloración considerable (81.5%) respecto al precio promedio de venta interna del productor solicitante, mientras que la participación de mercado del referido productor alcanzó su nivel más bajo de todo el periodo de análisis. • En cuanto al factor de crecimiento, se ha observado que la mayor parte de los indicadores económicos y fi nancieros del productor solicitante han experimentado un desempeño desfavorable durante el periodo de análisis (enero de 2021 - junio de 2024), en un contexto de reducción del tamaño del mercado interno de lavaderos de acero inoxidable (9.8%), así como de crecimiento de las importaciones del producto objeto de la solicitud, especialmente en la parte fi nal y más reciente del periodo de análisis, tanto en términos acumulados como en relación al consumo (incrementos de 6.4 y 1.6 puntos porcentuales con relación al primer y segundo semestre de 2023, respectivamente) y a la producción nacional (incrementos de 555.4 y 192.8 puntos porcentuales con relación al primer y segundo semestre de 2023, respectivamente). Asimismo, conforme se desarrolla en el Informe, se han encontrado también indicios razonables que permiten inferir, de manera inicial, una relación de causalidad entre la presunta práctica de dumping veri fi cada en esta etapa inicial del procedimiento, y el deterioro observado en la situación económica del productor nacional de lavaderos de acero inoxidable, en el período enero de 2021 - junio de 2024. En aplicación del artículo 3.5 del Acuerdo Antidumping y del artículo 18 del Reglamento Antidumping, se han evaluado también otros factores que podrían haber infl uido en la situación económica del productor nacional de lavaderos de acero inoxidable durante el periodo de análisis, tales como las importaciones originarias de terceros países, la actividad exportadora de la empresa solicitante, la evolución del tipo de cambio, la evolución de la tasa arancelaria y la evolución de la demanda interna. Sin embargo, a partir de la evaluación de la información disponible, no se observa que dichos factores expliquen el daño importante que habría experimentado el producto nacional en el periodo de análisis (enero de 2021 - junio de 2024). De conformidad con las consideraciones anteriormente expuestas, en esta etapa de evaluación inicial se han encontrado indicios razonables sobre presuntas prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de lavaderos de acero inoxidable originarios de China, así como sobre un posible daño generado al productor solicitante a causa del ingreso al país de dicho producto. Por tanto, corresponde disponer el inicio de un procedimiento de investigación con la fi nalidad de determinar la existencia de prácticas de dumping, de daño en el sentido del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 según se interpreta en el Acuerdo Antidumping, y de una relación causal entre las importaciones objeto de tales prácticas y el daño alegado, siendo que al término de la investigación se deberá determinar si cabe imponer medidas antidumping de fi nitivas sobre las importaciones de lavaderos de acero inoxidable originarios de China. Para efectos del procedimiento de investigación que se dispone iniciar mediante el presente acto administrativo, se considerará el periodo comprendido entre julio de 2023 y junio de 2024 para la determinación de la existencia de dumping; y, el periodo comprendido entre enero de 2021 y junio de 2024 para la determinación de la existencia de daño y la relación causal, de conformidad con la recomendación establecida por el Comité de Prácticas Antidumping de la OMC respecto a los periodos de recopilación de datos para las investigaciones de la existencia de dumping y de daño. El presente acto administrativo se encuentra motivado, asimismo, por los fundamentos del análisis y conclusiones del Informe, que desarrolla detalladamente los puntos señalados anteriormente, y que forma parte integrante de la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido el artículo 6.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. De conformidad con el Acuerdo Antidumping de la OMC, el Reglamento Antidumping y el Decreto Legislativo Nº 1033. Estando a lo acordado en su sesión del 20 de diciembre de 2024; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer, a solicitud de la empresa productora nacional Manufactura de Metales y Aluminio Record S.A., el inicio de un procedimiento de investigación por presuntas prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de lavaderos de acero inoxidable originarios de la República Popular China. Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a Manufactura de Metales y Aluminio Record S.A., conjuntamente con el Informe N° 111-2024/CDB-INDECOPI, y dar a conocer el inicio del procedimiento de investigación a las autoridades de la República Popular China.