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8 NORMAS LEGALES Jueves 16 de enero de 2025 El Peruano / 3. En materia de contrataciones del Estado: Resolver los recursos de apelación que se interpongan en los procedimientos de selección que correspondan ser conocidos por la Entidad, en el marco de lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 4. En materia administrativa: a) Suscribir convenios de colaboración, cooperación, gestión, u otros de naturaleza análoga, con entidades públicas o privadas del ámbito nacional e internacional y organizaciones de la sociedad civil, las adendas respectivas, así como, suscribir toda la documentación que permita su ejecución. La presente delegación comprende también las designaciones necesarias para la ejecución de los convenios antes citados. b) Ejercer la representación legal del OFIS ante cualquier autoridad y/o dependencia administrativa para que realice cualquier acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de la marcha administrativa de la entidad y que se encuentren vinculadas con las funciones a cargo de la Gerencia General en el Texto Integrado del ROF del OFIS. c) Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora del Pliego 041: Organismo de Focalización e Información Social. 5. En materia de inversión pública: Aprobar el procedimiento para realizar el cierre de ofi cio de las inversiones, conforme a lo previsto en el inciso 8 del numeral 9.3 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Supremo N° 284-2018-EF, o normativa que lo sustituya. Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones en la O fi cina de Administración Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), durante el Año Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones: 1. En materia administrativa:a) Además de la atribución prevista en el literal d) del artículo 28 del Texto Integrado del ROF del OFIS, regular, tramitar y expedir los actos destinados o vinculados a la administración, disposición, adquisición, transferencia y registro de los bienes muebles. b) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del Organismo de Focalización e Información Social, así como sus modi fi caciones, según lo establecido en la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01 y demás normas vinculantes, o normas que las reemplacen. c) Suscribir y/o modi fi car contratos bancarios y/o fi nancieros, lo que incluye cualquier actuación destinada con la ejecución, culminación y/o resolución del mismo, según corresponda. d) Aprobar el reconocimiento de deuda que se sustente en el enriquecimiento sin causa cuando se identi fi quen hechos reales en que la Entidad haya sido bene fi ciada con la prestación de bienes y/o servicios sin que medie contratación formal alguna, previo informe de la unidad de organización que tiene la calidad de área usuaria y de la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial, debiendo disponer el inicio del deslinde de responsabilidades que corresponda. e) Ejercer la representación legal del OFIS ante cualquier autoridad y/o dependencia administrativa a fi n de emitir o suscribir garantías de toda clase, así como para solicitar y proseguir procedimientos administrativos destinados a la obtención de autorizaciones, permisos y/o cualquier otro derecho que sea necesario para asegurar los intereses del OFIS, para lo cual podrá, presentar todo tipo de escritos, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas, formular recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas. f) Representar al OFIS ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), en todo tipo de trámite en materia tributaria, para realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa de la entidad. g) Suscribir y presentar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT, los formularios, escritos, declaraciones en general, y cualquier documentación que resulte necesaria, inclusive la del Tribunal Fiscal o quien haga sus veces, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias como consecuencia de la ejecución de los gastos previstos en el Presupuesto Institucional. h) Representar al OFIS ante la Municipalidad Metropolitana de Lima, u otras municipalidades distritales y provinciales, Superintendencia Nacionales de Bienes Estatales (SBN), Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, el Ministerio de Economía y Finanzas, u otras Entidades o instancias administrativas, para iniciar cualquier procedimiento y/o realizar cualquier actividad que se encuentre dentro del ámbito de las materias de su competencia, quedando facultada a presentar solicitudes, formularios, formatos, declaraciones juradas, descargos, recursos de reconsideración o apelación u otros similares que resulten necesarios para el mejor desarrollo de la gestión administrativa del Organismo. i) Autorizar, excepcionalmente, la impresión a color para casos debidamente justi fi cados en el marco del Decreto Supremo N° 050-2006-PCM, que prohíbe en las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de las comunicaciones y/o documento de todo tipo. j) Suscribir y remitir todos los documentos que resulten necesarios para solicitar la autorización previa o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal del Organismo de Focalización e Información Social, incluyendo formatos, ofi cios, anexos, entre otros de similar naturaleza, en el marco del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0047-2024-JNE o norma que lo sustituya. k) Aceptar la donación de bienes muebles que se encuentran en el territorio nacional o proveniente del extranjero, conforme los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente, emitiendo el acto administrativo correspondiente, así como suscribir los documentos de carácter privado y/o público para su formalización ante los Registros Públicos cuando corresponda. l) Aceptar la donación de predios o bienes inmuebles privados mediante la emisión de la resolución correspondiente, quedando facultado para suscribir documentos de carácter privado y/o público, destinados a formalizar dichos actos ante los Registros Públicos cuando corresponda, incluyendo escrituras públicas u otros. m) Aceptar bienes inmuebles privados a través de dación en pago, conforme los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente, emitiendo el acto administrativo correspondiente, así como suscribir documentos de carácter privado y/o público, destinados a formalizarlos ante los Registros Públicos cuando corresponda. n) Aceptar la donación de servicios en general a que se re fi ere el artículo 4 de la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/54.01 o normativa que la sustituya. 2. En materia de contrataciones del Estado:a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC), así como sus modi fi catorias. b) Aprobar la reserva del valor referencial en los procedimientos de selección para consultoría o ejecución de obras.