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4 NORMAS LEGALES Viernes 17 de enero de 2025 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego a la Confederación Suiza y encargan su Despacho al Ministro de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2025-PCM Lima, 16 de enero de 2025CONSIDERANDO:Que, mediante Carta ITPGRFA/Trust-Event WEF de fecha 23 de diciembre de 2024, el Director Ejecutivo del Fondo Mundial para la Diversidad de Cultivos y el Secretario del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, invitan al señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, a pronunciar un discurso de apertura en el exclusivo evento presencial “Food Forever Experience Davos - Salvaguardar la diversidad de cultivos y dar forma al futuro de la alimentación ”, a llevarse a cabo en la ciudad de Davos, Confederación Suiza, el día jueves 23 de enero de 2025, en el marco de la Reunión Anual del Foro Económico Mundial; Que, el evento “Food Forever Experience Davos - Salvaguardar la diversidad de cultivos y dar forma al futuro de la alimentación” tiene como objetivo situar la diversidad de los cultivos y los sistemas alimentarios sostenibles como cuestiones críticas en el discurso político mundial y la cooperación internacional; asimismo, al reunir a las principales partes interesadas de todos los sectores, el evento pretende catalizar debates de alto nivel sobre el papel de la biodiversidad agrícola a la hora de afrontar los retos futuros en materia de mejora genética, seguridad alimentaria y cambio climático; Que, asimismo, el citado evento constituye un espacio en el que se explorará la capacidad transformadora de la diversidad de cultivos para garantizar el futuro de la seguridad alimentaria, al tiempo que afrontan los retos del cambio climático y la pérdida de biodiversidad; asimismo, hará hincapié en la urgente necesidad de una acción colectiva y el papel fundamental que desempeña la movilización de recursos fi nancieros por parte de los sectores público y privado para salvaguardar este valioso recurso; Que, la participación del señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, en el referido evento permitirá posicionar al Perú como un país líder comprometido con los desafíos globales relacionados con la agricultura sostenible y la seguridad alimentaria; reforzar el compromiso del país con la conservación de la biodiversidad y la innovación en sistemas agrícolas, facilitando el acceso a recursos y tecnologías avanzadas que contribuyan al desarrollo sostenible y a la mejora de los sistemas de alimentación en el país; promover iniciativas nacionales; aprender de experiencias exitosas de otros países; y, establecer alianzas con líderes internacionales en agricultura, biodiversidad y tecnología, entre otros; Que, en el marco de lo expuesto, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la ciudad de Davos, Confederación Suiza para que participe en el citado evento; Que, el presente viaje no irroga gastos al Tesoro Público, toda vez que los gastos relacionados con el pasaje aéreo y viáticos del señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, serán cubiertos por los organizadores del referido evento;Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure ésta, resulta necesario encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047 2002- PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la ciudad de Davos, Confederación Suiza, del 21 al 24 de enero de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor SERGIO GONZALEZ GUERRERO, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irroga gasto alguno al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2362909-1 Designan Ejecutivo de la Unidad de Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional de Infraestructura RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000003-2025- ANIN/JEF Jesús María, 16 de enero de 2025 VISTOS El Memorando N° 000030-2025-ANIN/JEF de la Jefatura, el Informe N° 000014-2025-ANIN/ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos y el Informe N° 000023- 2025-ANIN/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional de Infraestructura; y, CONSIDERANDO Que, con Ley N° 31841 se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo; Que, el literal q) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN, aprobado con Resolución Jefatural N° 002-2023-ANIN- JEFATURA, establece que el Jefe de esta entidad tiene,