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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2025 (17/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Viernes 17 de enero de 2025 El Peruano / lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2362785-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000010-2025- MIDIS San Isidro, 16 de enero del 2025VISTOS:El Memorando N° D000052-2025-MIDIS-SG de la Secretaría General; el Memorando N° D000061-2025-MIDIS-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y el Informe N° D000039-2025-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° D000037-2024-MIDIS-SG, se aprueba el Manual de Perfi les de Puestos del MIDIS el cual contiene, de manera estructurada y detallada, la información correspondiente a los per fi les de puestos de la entidad considerados como cargos de con fi anza, el cual ha sido actualizado mediante Resolución Jefatural N° D000136-2024-MIDIS-OGRH, Resolución Jefatural N° D000145-2024-MIDIS-OGRH y Resolución Jefatural N° D000178-2024-MIDIS-OGRH; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe/a de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por lo que resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; la Resolución Ministerial N° D000143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Resolución de Secretaría General N° D000037-2024-MIDIS-SG, que aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, actualizada mediante Resolución Jefatural N° D000136-2024-MIDIS-OGRH, Resolución Jefatural N° D000145-2024-MIDIS-OGRH y Resolución Jefatural N° D000178-2024-MIDIS-OGRH; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar al señor WILLIAM ROBERTO USCA LIMA en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial al señor WILLIAM ROBERTO USCA LIMA y a la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2362679-1 Aprueban modificación de las Bases de la Octava Edición del Premio Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión local para las personas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000011-2025- MIDIS San Isidro, 16 de enero del 2025 VISTOS: El Memorando N° D000006-2025-MIDIS-VMPES del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° D000002-2025-MIDIS-DGIPAT de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; el Memorando N° D000036-2025-MIDIS-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000037- 2025-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual tiene por fi nalidad mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2022-MIDIS, se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (PNDIS) al 2030, cuyo objetivo es reducir la exclusión social y la pobreza en todas las etapas del ciclo de vida, superando las barreras asociadas a esta exclusión social; lo que implica que el MIDIS promueve la articulación y movilización de las intervenciones propias y de diversos sectores y niveles de gobierno; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2015-MlDlS se crea el Premio Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión local para las personas”, como reconocimiento del Estado a los Gobiernos Locales que cumplan e fi cazmente con los indicadores que contribuyen a la mejora de los servicios públicos orientados a los ciudadanos y ciudadanas en sus respectivas localidades, en el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”; Que, el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 002-2015-MlDlS establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, organiza e implementa anualmente el otorgamiento del Premio Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión local para las personas”, para cuyo efecto se aprueba mediante Resolución Ministerial, las disposiciones necesarias para tal fi n; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° 027-2024-MIDIS se aprueban las Bases de la Octava Edición del Premio Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión local para las personas”; Que, el numeral 5.3 “Lista de productos e indicadores” de las Bases de la Octava Edición establece que: “(…) la lista de productos, indicadores y metas solo puede ser modi fi cada por el equipo organizador del