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13 NORMAS LEGALES Viernes 17 de enero de 2025 El Peruano / Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, a través del O fi cio Nº 00110-2025-MINDEF/VPD el Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa remite el Informe Técnico Nº 008-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, que contiene la opinión técnica favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales respecto a la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal Nº 00060-2025-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Fernando Manuel HOUGHTON SOTO, identi fi cado con CIP Nº 01017135 y DNI Nº 43310863, para que participe como O fi cial de Enlace en la Comandancia de la Fuerza de Submarinos del Atlántico de los Estados Unidos de América, en la ciudad de Norfolk, estado de Virginia, Estados Unidos de América, del 28 de enero al 31 de diciembre de 2025, así como autorizar su salida del país el 27 de enero de 2025 y su retorno el 1 de enero de 2026. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje aéreo (ida): Lima - Norfolk, estado de Virginia (Estados Unidos de América) clase económica US$ 766.04 x 1 persona (Incluye Importe TUUA) US$ 766.04 Gasto de Traslado (ida y retorno): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 6,416.28 x 2 compensaciones (ida y retorno) x 1 persona US$ 12,832.56 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 6,416.28 / 31 x 4 días (ene.) x 1 persona US$ 827.91 US$ 6,416.28 x 11 meses (feb.- dic.) x 1 persona US$ 70,579.08 Total a pagar: US$ 85,005.59 Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en comisión de servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El citado O fi cial Superior revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, por el periodo que dure la comisión de servicio en el exterior. Artículo 8.- El referido O fi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2362083-1 Autorizan viaje de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú a España, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00044-2025-DE Lima, 15 de enero del 2025 VISTOS: Los O fi cios Extra FAP N° 000015 y Nº 000106-2025-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio Nº 00085-2025-MINDEF/VPD del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; y, el Informe Legal N° 00075-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 26 de enero de 2024 el Director Ejecutivo de Programas de Alta Dirección PAD - Escuela de Dirección de la Universidad de Piura informa a la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú que, se llevará a cabo el Programa de Especialización para Directorios (PED) 2024, del 3 de setiembre al 10 de diciembre de 2024, dirigido a directivos, el cual considera una semana Internacional; Que, por medio del O fi cio NC-50-DEPE-Nº 172 el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú remite al Director Ejecutivo del Programa de Alta Dirección PAD - Escuela de Dirección de la Universidad de Piura, la relación del personal de O fi ciales Generales propuestos para participar en el citado Programa de Especialización;