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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2025 (17/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Viernes 17 de enero de 2025 El Peruano / sobre los aspectos legales de las actividades del OFIS y absuelve las consultas legales que le sean formuladas; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D00003-2024-OFIS-PE se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Organismo de Focalización e Información Social; Que, mediante Resolución Ministerial Nº D000210- 2024-MIDIS se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS); Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº D00001-2024-OFIS-GG se aprueba el reordenamiento de cargos del CAP Provisional del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS); Que, se encuentra vacante el cargo de jefe/a de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), por lo que, corresponde la designación de su titular; Que, mediante el Informe Nº D000002-2025-OFIS- URH la Unidad de Recursos Humanos del Organismo de Focalización e Información Social, considera viable la designación del jefe/a de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS). Que, mediante el Informe D000003-2025-OFIS- OAJ la O fi cina de Asesoría Jurídica del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), considera viable la designación del jefe/a de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS); en consecuencia, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Que, con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Administración y de la Unidad de Recursos Humanos del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS); y, Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Decreto Legislativo N° 1612, que fortalece el Sistema Nacional de Focalización mediante la creación del Organismo Técnico Especializado denominado Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) y dicta otras medidas complementarias; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000003-2024-OFIS-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar al señor NAPOLEÓN ENRIQUE FERNÁNDEZ URCIA en el cargo de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), a partir de la fecha. Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución al señor NAPOLEÓN ENRIQUE FERNÁNDEZ URCIA y a la Unidad de Recursos Humanos del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Publicación en sede digital Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo de Focalización e Información Social (www.gob.pe/o fi s) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Presidenta Ejecutiva (e)Organismo de Focalización e Información Social 2362798-1ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban el “Procedimiento para la actualización de la información del Catastro Fiscal” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2025-EF/15 PROCEDIMIENTO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL CATASTRO FISCAL Lima, 16 de enero del 2025 CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal, tiene por objeto establecer las características y usos del Catastro Fiscal, así como dictar las medidas que permitan el diseño, consolidación, mantenimiento y actualización de la información del Catastro Fiscal para la valorización de predios a nivel nacional; Que, el artículo 3 del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio de Economía y Finanzas es la entidad responsable de establecer las normas, metodologías, procedimientos, técnicas e instrumentos, aprobados por Resolución Ministerial, que regulan el diseño, la consolidación, mantenimiento y actualización de la información del Catastro Fiscal para la valorización de predios; Que, el numeral 6.3 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1557 dispone que las municipalidades proveen al Ministerio de Economía y Finanzas la Información de Trascendencia Fiscal para la actualización del Catastro Fiscal; Que, el Decreto Supremo N° 226-2023-EF que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, tiene por objeto desarrollar las características y usos del Catastro Fiscal, así como las medidas que permitan el diseño, consolidación, mantenimiento y actualización de la información catastral fi scal para la valorización de los predios a nivel nacional; Que, el artículo 5 del citado Reglamento, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1557, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal (DGPMACDF), es responsable de la conducción del Catastro Fiscal y se encarga de proponer los procedimientos para la actualización de la información del Catastro Fiscal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones; y, en el Reglamento del citado Decreto Legislativo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 226-2023-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Procedimiento para la actualización de la información del Catastro Fiscal” cuyo texto y Anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y los Anexos con sus respectivos formatos en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2362850-1