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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2025 (23/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Jueves 23 de enero de 2025 El Peruano / suscrito por la empresa SUPERLINK S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2363853-1 Aprueban la Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas con la Implementación de los Programas de Chatarreo - 2025 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2025-MTC/18 Lima, 16 de enero de 2025VISTOS:El Informe N° 035-2025-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal y el O fi cio N° 00883-2024-MINAM/VMGA/ DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley N° 27181, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, siendo competente para dictar los reglamentos nacionales establecidos en la citada Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 029- 2019, Decreto de Urgencia que Establece Incentivos para el Fomento del Chatarreo, se disponen medidas para promover el chatarreo como mecanismo dirigido a la renovación o retiro de fi nitivo de vehículos del parque automotor, a fi n de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y contaminantes locales que afecten a la salud pública, así como, contribuir a reducir la siniestralidad en las vías públicas y al resguardo de la seguridad vial; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto de Urgencia N° 029-2019, se expide el Decreto Supremo N° 005-2021-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional para el Fomento del Chatarreo (en adelante el Reglamento), el cual establece las disposiciones para llevar a cabo el proceso de chatarreo, las condiciones, requisitos y procedimientos para la creación y aprobación de los programas de chatarreo, así como la regulación de los incentivos económicos y no económicos que se otorgan como parte de los programas de chatarreo; Que, de acuerdo con el literal c) del numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones tiene la función de establecer los lineamientos generales para la determinación del incentivo económico a otorgar en los Programas de Chatarreo (PCH), así como los mecanismos de su entrega, en coordinación con las entidades competentes; en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 029-2019; Que, en concordancia con lo anterior, el inciso 2 de la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de su unidad de organización competente, aprueba mediante Resolución Directoral la metodología para el cálculo de emisiones evitadas con la implementación de los programas de chatarreo y la valoración de externalidades ambientales, en coordinación con el Ministerio del Ambiente; Que, mediante Resolución Directoral N° 006-2024- MTC/18 se aprobó la Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas con la Implementación de los Programas de Chatarreo - 2024, sobre la cual se requiere efectuar precisiones en lo relacionado a los factores de emisión de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y contaminantes locales, así como sus costos sociales asignados; Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 014-2024-MTC, establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones actualiza las directivas vinculadas al proceso de chatarreo, según corresponda, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el referido Decreto Supremo; Que, mediante el Informe N° 035-2025-MTC/18.01, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial (DPNTRA), sustenta y propone la aprobación de la “Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas, con la Implementación de los Programas de Chatarreo - 2025” cuyo texto ha sido coordinado y no cuenta con observaciones por parte del Ministerio del Ambiente, según consta en el O fi cio N° 00883-2024-MINAM/VMGA/DGCA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Decreto de Urgencia N° 029-2019, Decreto de Urgencia que Establece Incentivos para el Fomento del Chatarreo y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 005-2021-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional para el Fomento del Chatarreo y modi fi catorias; y la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar la Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas con la Implementación de los Programas de Chatarreo - 2025, según el texto que, en calidad de Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Derogación Deróguese la Resolución Directoral N° 006-2024- MTC/18, que aprueba la Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas con la Implementación de los Programas de Chatarreo - 2024. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y su Anexo, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR ADRIÁN ARROYO TOCTO Director General Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal 2364200-1