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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (05/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de febrero de 2025 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Director de la Dirección de Gestión de Equipamiento y Recursos Mobiliarios de la Autoridad Nacional de Infraestructura RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000010-2025- ANIN/JEF Jesús María, 4 de febrero de 2025 VISTOS: El Memorando N° 000089-2025-ANIN/JEF de la Jefatura, el Informe N° 00036-2025-ANIN/ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos y el Informe N° 000043- 2025-ANIN/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional de Infraestructura; y, CONSIDERANDO: Que, con Ley N° 31841 se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo; Que, el literal q) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN, aprobado con Resolución Jefatural N° 002-2023-ANIN-JEFATURA, establece que el Jefe de esta entidad tiene, entre otras, la función de designar a los titulares de los cargos de con fi anza; Que, a través del Memorando N° 000089-2025- ANIN/JEF, la Jefatura, solicita a la O fi cina de Recursos Humanos, la emisión del informe respecto a la propuesta de vinculación, para el puesto de Director/a de la Dirección de Gestión de Equipamiento y Recursos Mobiliarios, previsto en el Cuadro de Puestos de la Entidad; Que, con Informe N° 000036-2025-ANIN/ORH, la Ofi cina de Recursos Humanos, concluye que el señor Chou Dionisio Gaspar Marca cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función púbica de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, así como los requisitos del Manual de Per fi les de Puesto y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública, para ocupar el puesto de Director/a de la Dirección de Gestión de Equipamiento y Recursos Mobiliarios; Que, con Informe N° 000043-2025-ANIN/OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica concluye que corresponde proseguir con el procedimiento para la emisión de la Resolución Jefatural que designe al señor Chou Dionisio Gaspar Marcaen el puesto de Director/a de la Dirección de Gestión de Equipamiento y Recursos Mobiliarios; Que, en ese sentido el puesto de Director/a de la Dirección de Gestión de Equipamiento y Recursos Mobiliarios se encuentra vacante en el Cuadro de Puesto de la Entidad, y conforme a los considerandos expuestos, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes a dicho puesto; Con los vistos de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y otras disposiciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053- 2022-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN, aprobado con Resolución Jefatural N° 002-2023-ANIN-JEFATURA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Chou Dionisio Gaspar Marca, en el puesto de Director de la Dirección de Gestión de Equipamiento y Recursos Mobiliarios de la Autoridad Nacional de Infraestructura. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN YAIPÉN ARÉSTEGUI Jefe Autoridad Nacional de Infraestructura 2368196-1 AMBIENTE Disponen publicación del proyecto de “Decreto Supremo que establece medidas destinadas a coadyuvar en la mejora de la gestión de la calidad del aire” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00031-2025- MINAM Lima, 4 de febrero de 2025 VISTOS; el Informe N° 00148-2024-MINAM/VMGA/ DGCA, el Memorando N° 02147-2024-MINAM/VMGA/ DGCA, el Memorando N° 00038-2025-MINAM/VMGA/ DGCA, el Memorando N° 00145-2025-MINAM/VMGA/ DGCA y el Memorando N° 00212-2025-MINAM/VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Memorando N° 02053-2024-MINAM/VMGA, el Memorando N° 00053-2025-MINAM/VMGA, el Memorando N° 00129-2025-MINAM/VMGA y el Memorando N° 00191-2025-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00506-2024-MINAM/SG/OGPP/ OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° 01448-2024-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00027-2025-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, el literal d) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece como función especí fi ca del Ministerio del Ambiente elaborar los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP), de acuerdo con los planes respectivos, debiendo contar con la opinión del sector correspondiente y ser aprobadas mediante Decreto Supremo; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2017-MINAM, que aprueba los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Aire y establece Disposiciones Complementarias, dispone que, mediante Decreto Supremo, a propuesta del Ministerio del Ambiente, en coordinación con las autoridades sectoriales competentes, se aprueba el Protocolo Nacional de Monitoreo de Calidad Ambiental de Aire; Que, el Protocolo Nacional de Monitoreo de Calidad Ambiental del Aire, aprobado por el Decreto Supremo