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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (05/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de febrero de 2025 El Peruano / para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal naval comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2368462-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Modifican el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0019-2025-MIDAGRI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0034-2025- MIDAGRI Lima, 4 de febrero de 2025 VISTOS: El Memorando Nº 0121-2025-MIDAGRI-DVDAFIR, del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; y el Informe Nº 0110-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0048-2020-MINAGRI, publicada en el diario ofi cial El Peruano, el 07 de febrero de 2020, se designó al señor Juan José Gómez Murillo, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, hoy Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira-Piura; Que, a través del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0063-2023-MIDAGRI, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 22 de febrero de 2023, se dio por concluida la designación del señor Juan José Gómez Murillo, como representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira- Piura; asimismo, en el artículo 2 de la acotada Resolución Ministerial, se designó al señor Antero Guillermo Martín Martínez González como representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante el referido órgano colegiado; Que, mediante Memorando Nº 0121-2025-MIDAGRI- DVDAFIR, el Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, solicita la modi fi cación del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0019-2025-MIDAGRI, publicada el 31 de enero de 2025, en la edición extraordinaria del diario ofi cial El Peruano, que da por concluida la designación del señor Juan José Gómez Murillo, como representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira-Piura, toda vez mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0063-2023-MIDAGRI se dio por concluida dicha designación; Que, mediante Informe Nº 0110-2025-MIDAGRI-SG/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, señala que resulta viable la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 0019-2025-MIDAGRI, a fi n de dar por concluida la designación del señor Antero Guillermo Martín Martínez González, como representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira-Piura, efectuada mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0063-2023-MIDAGRI; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado de Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Se modi fi ca el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0019-2025-MIDAGRI, el cual queda redactado con el siguiente texto: “Artículo 1 .- Dar por concluida la designación del señor Antero Guillermo Martín Martínez González como representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira-Piura, efectuada mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0063-2023-MIDAGRI”. Artículo 2.- Se dispone la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial al Proyecto Especial Chira-Piura; al Gobierno Regional de Piura; así como al señor Antero Guillermo Martín Martínez González, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2368511-1 Declaran de interés del Sector Agrario y de Riego la realización del evento denominado AGROFEST en el mes de junio de cada año RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0035-2025- MIDAGRI Lima, 4 de febrero de 2025VISTOS:La Carta Nº 080/2024 de la Asociación de Gremios Productores Agrarios del Perú (AGAP); el Proveído del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego de fecha 04 de febrero de 2025; el Memorando Nº 134-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA, de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, que adjunta el Informe Técnico Nº 001-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-MAWG; y, el Informe Nº 0116-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, que ejerce competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura