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30 NORMAS LEGALES Lunes 10 de febrero de 2025 El Peruano / asignación de personal provisional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives. Que, mediante Informe N° 010-2025-GRRHH/ MDSRQ, de fecha 13 de enero del 2025, la Gerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad remite a Gerencia Municipal la Propuesta del Cuadro de Asignación de Personal CAP Provisional, la cual cumple con los lineamientos establecidos por SERVIR. Que con Memorándum Nº 013-2025-MDSRQ/GM, de fecha 15 de enero del 2025, la Gerencia Municipal, en atención al Informe N° 010-2025-GRRHH/MDSRQ solicita disponibilidad presupuestal con respecto a la aprobación el CAP- PROVISIONAL. Que, con Informe Nº 007-2025-MDSRQ/GPP, de fecha 17 de enero del 2025, en referencia al Memorándum Nº 013-2025-MDSRQ/GM, Informe N° 010-2025-GRRHH/MDSRQ, OFICIO Nº 000049-2025-SERVIR-PE, Informe Técnico N° 000357-2024-SERVIR-GDSRH, menciona que contando con la opinión favorable del cuadro para asignación de personal provisional de la Municipalidad Distrital de sata Rosa de Quives por parte de la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR, que si cuenta con disponibilidad presupuestal para su implementación previo a la aprobación del presupuesto analítico de personal. Que con Memorándum Nº 014-2025-MDSRQ/GM, de fecha 17 de enero del 2025, la Gerencia Municipal, en atención al Informe Nº 007-2025-MDSRQ/GPP e Informe N° 010-2025-GRRHH/MDSRQ solicita opinión legal con respecto a la aprobación el CAP- PROVISIONAL. Que, con Informe Legal Nº 013-2025-MDSRQ/GAJ, de fecha 21 de enero del 2025, el Gerente de Asesoría Jurídica, acorde a lo expuesto en la Constitución Política del Estado, en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, la Ley 30057 “Ley del Servicio Civil”, la Directiva N° 006-2024-SERVIR-GDSRH en el Informe N°010-2025-GRRHH/MDSRQ (Gerencia de Recursos Humanos) y el Informe N°007-2025-MDSRQ/GPP (Gerencia de Planeamiento y Presupuesto), considera oportuno continuar con el procedimiento referente a la APROBACIÓN DEL CAP - PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA DE QUIVES. Que con Proveído Nº 013-2025-MDSRQ/GM, de fecha 21 de enero del 2025, la Gerencia Municipal, en referencia al Informe Legal Nº 013-2025-MDSRQ/GAJ, solicita se emita el acto resolutivo de aprobación del CAP- PROVISIONAL de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por la ley N° 27972, ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del concejo Municipal, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se adoptó lo siguiente: Ordenanza Municipal N° 089-2025-MDSRQ ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA DE QUIVES Artículo Primero.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL- CAP PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA DE QUIVES, documento de gestión que en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración, Gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General remitir copia de la presente ordenanza y su anexo a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humano de la autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR. Artículo Cuarto.- El dispositivo legal aprobado se publicará en el Diario O fi cial El Peruano y el texto íntegro del documento de gestión aprobado en la página institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives: https://www.gob.pe/munisantarosadequives. Artículo Quinto.- DEROGAR toda norma o dispositivo que se contrapone la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS FERNANDO AGURTO CÁRDENAS Alcalde 2368349-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES