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14 NORMAS LEGALES Viernes 4 de julio de 2025 El Peruano / General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01465-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01280-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, con O fi cios N° 10/ADPER/5944 y N° 23/ ADPER/8194, el Agregado Aéreo junto a la Embajada de la República Federativa de Brasil en el Perú informa, a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, que la Fuerza Aérea Brasilera cursa una invitación para el Comandante FAP César Miguel HURTADO GALLIANI, el Comandante FAP Félix Daniel LAU CHU FON y un (01) especialista del área de salud de la Fuerza Aérea del Perú, para participar en la 34ª Jornada Cientí fi ca del Hospital de la Aeronáutica de Recife (HARF) y en el 1° Simposio Norte-Noreste de Salud Operacional, a realizarse en la ciudad de Recife, República Federativa de Brasil, del 7 al 8 de julio 2025, precisando que cubrirán los gastos de alojamiento, alimentación y transporte interno; Que, con O fi cio Extra FAP N° 002448-2025-SECRE/ FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP César Miguel HURTADO GALLIANI, identi fi cado con DNI N° 18205690 y NSA N° 97594, del Comandante FAP Félix Daniel LAU CHU FON, identi fi cado con DNI N° 40875376 y NSA N° 97692, y del Mayor FAP Milton BARRERA FIDHEL, identi fi cado con DNI N° 40791756 y NSA N° 98013, como titulares; y de la Mayor FAP Anita Milagros CHANG GÓMEZ DE CARCAMO, identi fi cada con DNI N° 44211813 y NSA N° 98717, de la Capitán FAP Vhania del Rocío ROJAS ALIAGA, identi fi cada con DNI N° 46445712 y NSA N° 99440, como suplentes, para participar en la 34ª Jornada Cientí fi ca del Hospital de la Aeronáutica de Recife (HARF) y en el 1° Simposio Norte-Noreste de Salud Operacional, a realizarse en la ciudad de Recife, República Federativa de Brasil, del 7 al 8 de julio 2025; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar la salida el 6 de julio y el retorno el 9 de julio de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 0015-2025/DSAL; la Hoja de Gastos N° 100 DGVC-ME/SIAF-RP con el costo de los pasajes internacionales; así como la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000755 que garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, por cuanto, permitirá la actualización y mejora continua en técnicas y procedimientos en el campo de la Evacuación Aeromédica, lo cual permitirá garantizar la calidad y seguridad de las operaciones; Que, mediante el O fi cio N° 01465-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 283-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior del mencionado personal militar; Que, con Informe Legal N° 01280-2025-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP César Miguel HURTADO GALLIANI, del Comandante FAP Félix Daniel LAU CHU FON y del Mayor FAP Milton BARRERA FIDHEL, como titulares; y de la Mayor FAP Anita Milagros CHANG GÓMEZ DE CARCAMO, y la Capitán FAP Vhania del Rocío ROJAS ALIAGA, como suplentes, para participar en la 34ª Jornada Cientí fi ca del Hospital de la Aeronáutica de Recife (HARF) y en el 1° Simposio Norte-Noreste de Salud Operacional, a realizarse en la ciudad de Recife, República Federativa de Brasil, del 7 al 8 de julio 2025; así como, autorizar su salida del país el 6 de julio y su retorno el 9 de julio de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos: Lima – Recife (República Federativa de Brasil) – Lima Clase económicaUS$ 2,007.38 x 3 personas US$ 6,022.14 ------------------- Total a pagar: US$ 6,022.14 Artículo 4.- Los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local que demande la participación del personal designado serán cubiertos por la Fuerza Aérea de la República Federativa de Brasil. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Superior más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2415895-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que otorga, mediante contrato, las seguridades y garantías del Estado Peruano, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones, a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesión del proyecto “Tratamiento de aguas residuales para disposición final o reúso, provincia de Chincha, Ica, Perú” DECRETO SUPREMO N° 135-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA