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80 NORMAS LEGALES Sábado 5 de julio de 2025 El Peruano / Artículo Noveno.- NOTIFÍQUESE la presente Ordenanza y su Anexo Nº 1 a las instancias que corresponda para los fi nes de su cumplimiento. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Ciudad de Trujillo, a los 6 días del mes de junio del dos mil veinticinco. MARIO C. REYNA RODRÍGUEZ Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2415748-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA Aprueban modificación de la Ordenanza N° 642-2025MPM/A, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Provincial de Moyobamba ORDENANZA MUNICIPAL Nº 646-MPM Moyobamba, 23 de junio de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 072-2025-MPM-CM (Exp. 634619), mediante el cual el Concejo Municipal de la Provincia de Moyobamba, en la Décimo Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 23 de junio de 2025, acordó la APROBACIÓN mediante Ordenanza Municipal de la MODIFICACIÓN del ARTÍCULO CUARTO de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 642-2025-MPM/A, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Provincial de Moyobamba; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, del artículo 9) numeral 8 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que son atribuciones del Concejo Municipal: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, del Artículo 52º del Decreto Supremo Nº 054- 2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 064- 2021-PCM, regula los criterios para la publicación del ROF indicando lo siguiente: “(…) 52.2 En el caso del resto de municipalidades del país, la publicación de la ordenanza que apruebe su ROF se rige conforme lo dispuesto en los numerales 2 y 3 del artículo 44 de la Ley Orgánica de Municipalidades. Dicha ordenanza, así como el texto del ROF y sus anexos, se publican en el Portal de Transparencia Estándar de la municipalidad. Cuando no se cuenta con página web institucional, se publica en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano, para lo cual lo remiten a la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, siguiendo lo dispuesto por esta última como administrador de dicha plataforma.” Que, con Informe Nº 044-2025-MPM/GM/OGPP/ EPyM/RRPG, de fecha 16 de junio de 2025, el Especialista en Planeamiento Estratégico y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en marco a la implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, pone a conocimiento lo siguiente: “(…) se ha recibido comunicación o fi cial de la Gerencia de Publicaciones O fi ciales – “Editora Perú”, en la que informa que, dicha publicación en el diario o fi cial de mayor circulación nacional, especí fi camente en el diario “El Peruano” tendría un costo aproximado de S/ 27,000 (veintisiete mil soles) incluyendo IGV, lo cual representa un gasto signi fi cativo para la entidad. Ante ello, resulta oportuno la modi fi cación parcial al texto de la Ordenanza Municipal Nro. 642 -2025-MPM/A, disponiendo que el ROF integro sea publicado en la página web institucional y el Portal de Transparencia de la entidad y únicamente la Ordenanza en el diario “El Peruano”. Esta medida permitirá dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, sin comprometer los recursos fi nancieros de la municipalidad con gastos excesivos por el número de páginas a publicar”; Que, estando a lo dispuesto en el párrafo precedente, mediante Nota Informativa Nº 2390-2025-MPM/OGPP, de fecha 16 de junio de 2025, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en señal de conformidad remite lo solicitado, para la modi fi cación del artículo cuarto de la Ordenanza Municipal Nº 642-2025-MPM/A, y sea aprobado mediante Ordenanza Municipal, conforme a la siguiente propuesta: Artículo Dice: Debe decir: ARTÍCULO CUARTODISPONER a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentario, la publicación de la presente Ordenanza y el texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) en el Diario Oficial El Peruano; y, DISPONER a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, efectuar la publicación del texto íntegro de la ordenanza, el reglamento y su estructura orgánica, en el Portal Transparencia y página web de la entidad municipal.DISPONER a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y, DISPONER a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza y el texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), en el Portal Transparencia y página web de la entidad municipal. Que, mediante Nota Informativa Nº 700-2025-MPM/ OGACyGD, de fecha 18 de junio de 2025, la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, pone de conocimiento el Expediente Administrativo a la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a fi n de que pueda ser tratado en la siguiente Sesión de Concejo programada; Que, en la Décimo Segunda Sesión de Concejo, realizada el 23 de junio de 2025, el Pleno de Concejo Municipal, luego del análisis y debate del informe técnico y legal en marco a lo solicitado, y contando con la exposición de los fundamentos presentados por el área técnica, acordaron y aprobaron por UNANIMIDAD la Modi fi cación del Artículo Cuarto de la Ordenanza Municipal Nº 642 -2025-MPM/A, conforme al siguiente detalle: DICE:ARTÍCULO CUARTO: DISPONER a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentario, la publicación de la presente Ordenanza y el texto íntegro