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81 NORMAS LEGALES Sábado 5 de julio de 2025 El Peruano / del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) en el Diario O fi cial El Peruano; y, DISPONER a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, efectuar la publicación del texto íntegro de la ordenanza, el reglamento y su estructura orgánica, en el Portal Transparencia y página web de la entidad municipal. DEBE DECIR: ARTÍCULO CUARTO: DISPONER a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentario, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y, DISPONER a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza y el texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), en el Portal Transparencia y página web de la entidad municipal. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 072-2025-MPM- CM, de fecha 23 de junio de 2025, el Concejo Municipal Provincial de Moyobamba, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, contando con el voto UNANIME de los regidores miembros del Concejo asistentes a la Décimo Segunda Sesión Ordinaria ACUERDAN: “APROBAR la MODIFICACIÓN del ARTÍCULO CUARTO de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 642-2025-MPM/A, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, debiendo quedar de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: DISPONER a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentario, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y, DISPONER a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza y el texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), en el Portal Transparencia y página web de la entidad municipal.” Que, el artículo 40º de la aludida Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…)”; Que, estando a lo expuesto y contando con el voto UNANIME del Concejo Municipal en Pleno, en el Cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art. 9º y los Artículos 39º, 40º y 44º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO CUARTO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 642-2025-MPM/A Artículo Primero.- APROBAR la MODIFICACIÓN del ARTÍCULO CUARTO de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 642-2025MPM/A, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, debiendo quedar de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: DISPONER a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentario, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y, DISPONER a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza y el texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), en el Portal Transparencia y página web de la entidad municipal.”Artículo Segundo.- DEJAR SUBSISTENTE, en todo lo demás que contiene, la Ordenanza Municipal Nº 642-2025-MPM/A, de fecha 23 de mayo del 2025, en tanto no se oponga a la presente norma. Artículo Tercero.– ENCARGAR el cumplimiento e implementación de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de las áreas intervinientes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, cumpla con NOTIFICAR al Concejo Municipal, Despacho de Alcaldía, Gerencia Municipal, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerencias y O fi cinas competentes, para su conocimiento y fi nes pertinentes; sin perjuicio de su publicación, conforme al Artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme al Artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RONALD GARATE CHUMBE Alcalde Provincial de Moyobamba 2413197-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANDAHUAYLILLAS Autorizan viaje de alcalde a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 041-2025-CM/MDA/Q Andahuaylillas, 26 de junio del 2025 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANDAHUAYLILLAS: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 26 de junio del año 2025, con la presidencia del Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Andahuaylillas Nicanor Rocca Ccaqquesto y con la asistencia de los señores Regidores: Marcelino Arriaga Yuca, Sonia Nely Mendoza Mamani, Miguel Ccapyamarca Challco, Yony Alicia Flores Checca y Fiama Angela Cornejo Macedo, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley № 27680 y en aplicación del Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley № 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia; Que, en el Artículo 41° de la Ley № 27972, señala que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referida a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional; que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducto o norma institucional; Que, mediante la Carta N° 076-2025/DIR-CCAIJO de fecha 23 de junio del 2025, de la Asociación Jesús Obrero - CCAIJO, ingresado por mesa de partes con expediente N° 2931-2025, extiende la invitación al señor Alcalde para participar en la pasantía con el Instituto Mayor Campesino (IMCA) con sede Buga, Valle del Cauca, Colombia, que se llevara a cabo del 02 al 06 de julio del presente año;