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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2025 (05/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Sábado 5 de julio de 2025 El Peruano / la máxima autoridad de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, corresponde que la referida sea aprobada por el mismo titular de la entidad mediante una Resolución Jefatural; En tal sentido, en tanto dure la ausencia del Jefe de la ONPE y, a fi n de garantizar el funcionamiento y continuidad de las actividades de la entidad, corresponde encargar las funciones de la Jefatura, al señor Bernardo Juan Pachas Serrano, Gerente General, con retención de su cargo, desde el 07 al 09 de setiembre de 2025, de conformidad con el artículo 61 del RIS de la ONPE; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria, el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, el literal r) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE; Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Piero Alessandro Corvetto Salinas, Jefe de la ONPE, del 07 al 09 de setiembre de 2025 a la República del Chile, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos referidos a hospedaje, traslados internos y alimentación del representante de la ONPE antes referido, serán cubiertos por los organizadores y los gastos referidos a los pasajes aéreos (Ida y vuelta), seguro de viaje por los días comprendidos del 07, 08 y 09 de setiembre de 2025, serán cubiertos por la ONPE, según el siguiente detalle: Concepto Costo Pasaje aéreo (ida y vuelta)S/ 1,920.00 (Mil Novecientos Veinte con 00/100 Soles) Seguro de viajeUSD 19.90 (Diecinueve con 90/100 dólares americanos). Artículo Tercero.- Precisar que el viaje en comisión de servicios señalado en los artículos precedentes, no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje en comisión de servicios citado, la persona señalada en el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas a esta Jefatura y los resultados obtenidos, con copia a la Gerencia de Recursos Humanos. Artículo Quinto.- Poner a conocimiento de la presente resolución a la Gerencia de Recursos Humanos y a la persona señalada en el artículo primero de la presente resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Sexto . – Encargar las funciones de la Jefatura de la ONPE, al señor Bernardo Juan Pachas Serrano, Gerente General, con retención de su cargo, desde el 07 al 09 de setiembre de 2025 Artículo Sétimo .- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en la sede digital de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2415844-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República ACUERDO REGIONAL N° 098-2025-GRJ/CR POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 20.05.2025, en la Sede del Gobierno Regional Junín. CONSIDERANDO: Que, conforme establece el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 39º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, en el numeral 1) y 2) del Artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440 Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que: 1. “Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación a favor del pliego o entidades que no constituyen pliego presupuestario”. 2. Las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución se autorizan y regulan en las leyes anuales de presupuesto del Sector Público”. Que, sobre el particular la Ley N° 32185 - Ley de Presupuesto del Sector Público Para el Año Fiscal 2025, en el Artículo 13. Transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2024, en el numeral 13.1, literal h). el numeral 13.2. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y con el sustento y el expediente expresado en el Dictamen N° 006-2025-GRJ-CR/CPPPATyDI de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, en concordancia con el Artículo 39° de la Ley N° 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modi fi catorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, por el monto de S/. 356,228.00 soles (TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON 00/100 soles) correspondiente al año fi scal 2025. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, la Gerencia de Presupuesto, y la Gerencia de Administración, bajo responsabilidad, que conforme a sus funciones y facultades de cumplimiento a las recomendaciones y conclusiones de los Informes Técnicos y Legales; la supervisión para el adecuado uso de los recursos fi nancieros transferidos. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General, la Gerencia de Presupuesto, y la Gerencia de Administración, para que en el marco de sus atribuciones