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85 NORMAS LEGALES Viernes 18 de julio de 2025 El Peruano / en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por votación mayoría , se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- AUTORIZAR, al GOBERNADOR REGIONAL DE UCAYALI SR. MANUEL GAMBINI RUPAY, el viaje al exterior al País de Brasil, desde el 19 al 23 de mayo 2025, con la fi nalidad de participar en la 15° Reunión Anual de GCF TASK FORCE, “CONSTRUYENDO LA NUEVA ECONOMIA FORESTAL: CONECTANDO GOBIERNOS, PUEBLOS Y OPORTUNIDADES” la misma que se realizará en Rio Branco del Estado de Acre de la República Federativa de Brasil. Artículo Segundo.- ESTABLECER, que la participación del Gobernador Regional de Ucayali Sr. MANUEL GAMBINI RUPAY, según la invitación indicada que es para reunirse con inversores y socios del GCF Task Force; no irroga gastos al Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Tercero.- La Vicegobernadora Regional, reemplazará al Gobernador Regional de Ucayali durante la ausencia del Gobernador Regional por viaje al extranjero concedido por el Consejo Regional, con las prerrogativas y atribuciones propias de cargo Artículo Cuarto.- REMITASE, el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- ESTABLECER, que el Gobernador Regional Sr. MANUEL GAMBINI RUPAY, a su retorno cumpla con informar al Consejo Regional sobre las actividades realizadas. Artículo Sexto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Séptimo.- AUTORIZAR, a la SECRETARÍA GENERAL, en coordinación con la O fi cina Regional de Administración y la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la publicación el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la SECRETARIA GENERAL su difusión y publicación del presente Acuerdo Regional, a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JAIME OBDULIO GARCÍA FERNÁNDEZ Presidente 2396625-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Designan Ejecutora Coactiva de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva - Gerencia de Administración Tributaria - de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 081-2025/ MDSJM San Juan de Mira fl ores, 15 de julio de 2025 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORESVISTO: El Memorándum N° 631-2025-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal; e Informe N° 392-2025-OGRRHH/MDSJM de la O fi cina General de Recursos Humanos; sobre designación de ejecutor coactivo; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley N° 30305 - de Reforma Constitucional - establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 26979 - del Procedimiento de Ejecución Coactiva, indicando en su artículo 7º, numeral 7.1), que la designación del ejecutor coactivo, como la del auxiliar coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos; y su numeral 7.2), estipula que, tanto el ejecutor como el auxiliar coactivo ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, la norma citada en el párrafo precedente, no establece el régimen laboral del ejecutor, ni del auxiliar coactivo, pero la Ley N° 27204 precisa que los precitados cargos no son de con fi anza y que el régimen laboral depende de la entidad a la cual estos representan, haciéndose necesaria su designación mediante la emisión de una resolución de alcaldía que le permita ejercer sus funciones de conformidad con el artículo 7º del TUO antes mencionado; Que, mediante Informe N° 392-2025-OGRRHH/ MDSJM, la O fi cina General de Recursos Humanos señala que se ha procedido a llevar a cabo el Proceso CAS N° 022-2025-MDSJM, para la contratación de un (01) ejecutor coactivo para la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, habiendo resultado ganadora la abogada Manuela Victoria Rosas Meza, con quien se ha suscrito el Contrato Administrativo de Servicios N° 357-2025; solicitando asimismo emitir el acto resolutivo correspondiente; lo que cuenta con la conformidad de la Gerencia Municipal, de acuerdo al Memorándum N° 631-2025-GM/MDSJM; De conformidad con los artículos 20, numeral 6); 43 y 84 de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 - del Procedimiento de Cobranza Coactiva; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR a la abogada MANUELA VICTORIA ROSAS MEZA como Ejecutora Coactiva de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva - Gerencia de Administración Tributaria - de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057- Régimen CAS. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, O fi cina General de Recursos Humanos y O fi cina General de Administración, a través de sus respectivas unidades orgánicas, el estricto cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la noti fi cación de la presente resolución a la profesional designada y su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; así como a la O fi cina de Tecnología de la Información su publicación en la página web de la entidad: www.munisjm.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2420263-1